MP1145053 - BCI Seguros
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MP1145053 - BCI Seguros
*MP1145053* M-P-1145053 VEHICULOS PARTICULARES 1145053-9 CASA MATRIZ ARTEAGA INFANTE EUGENIO JUAN PLAZA LOS QUILLALES 10153 SANTIAGO 6.374.575-8 LO BARNECHEA ABS CORREDORES DE SEGUROS LIMITADA 15,00 % DE LA PRIMA 76.289.389-4 12:00 HORAS DEL DIA 02 DE JULIO DE 2013 12:00 HORAS DEL DIA 02 DE JULIO DE 2014 1 ITEM(S) SEGUN DETALLE CONVENIO : SEGURO SOLUCION MàVIL 2.0 UF 10 PRODUCTO : SOLUCION MOVIL 2.0 FIRMA AUTORIZADA UF UF UF UF UF UF Seguros Generales S.A., extiende la presente póliza en Santiago el día 12 de Agosto de 2013. 2.000,00 16,00 16,00 0,00 3,04 19,04 M-VP-1145053-9 CONDICIONES PARTICULARES ASOCIADAS A MODALIDAD DE PAGO . De acuerdo a la Modalidad de Pago escogida y registrada por el Responsable de Pago en la Compa¡¥a, aplica una de las siguientes cl£usulas, seg§n corresponda: . PAC El pago de la prima se efectuar£ mediante la modalidad PAC, Autorizaciƒn de Descuento en Cuenta Corriente Bancaria, por lo que las condiciones del mandato que autoriza esta modalidad de pago forma parte integrante de las condiciones particulares de la pƒliza.(Circ.1499 SVS). . PAT El pago de la prima se efectuar£ mediante la modalidad PAT, Autorizaciƒn de Descuento en Tarjeta de Cr⁄dito, por lo que las condiciones del mandato que autoriza esta modalidad de pago forma parte integrante de las condiciones particulares de la pƒliza. (Circ. 1499 SVS). . CUP El pago de la prima se efectuar£ mediante la modalidad CUP. Autorizaciƒn de Pago en Estado de Cuenta Refundido, por lo que las condiciones del compromiso §nico que autoriza esta modalidad de pago forma parte integrante de las condiciones particulares de la pƒliza. . PLAN DE PAGO Este Plan de Pago forma parte integrante de las Condiciones Particulares de la Pƒliza. . C«DIGO DE AUTORREGULACI«N BCI Seguros Generales S.A. se encuentra adherida voluntariamente al Cƒdigo de Autorregulaciƒn y al Compendio de Buenas Pr£cticas de las Compa¡¥as de Seguros, cuyo propƒsito es propender al desarrollo del mercado de seguros, en consonancia con los principios de libre competencia y buena fe que debe existir entre las empresas, y entre ⁄stas y sus clientes. Copia del Compendio de Buenas Pr£cticas Corporativas de las Compa¡¥as de Seguros se encuentra a disposiciƒn de los interesados en cualquiera de las Oficinas de BCI Seguros Generales S.A. y en www.aach.cl. . Asimismo, ha aceptado la intervenciƒn del Defensor del Asegurado cuando los clientes le presenten reclamos en relaciƒn a los contratos celebrados con ella. Los clientes pueden presentar sus reclamos ante el Defensor del Asegurado utilizando los formularios disponible en las oficinas de BCI Seguros Generales S.A. o a trav⁄s de la p£gina web www.ddachile.cl. . . Si el asegurado estimase que en la emisiƒn de esta pƒliza se ha incurrido en alg§n error o defecto, deber£ devolverla de inmediato para su correcciƒn. Si no lo hiciese, se entender£ que la acepta ¥ntegramente en la forma en que ha sido emitida. . Nota: Se incluye Anexo relativo a Procedimiento de Liquidaciƒn de Siniestros. . Para todos los efectos derivados de este contrato de seguro, las partes fijan como domicilio la ciudad y comuna de Santiago. 2 M-VP-1145053-9 . En caso de terminaciƒn anticipada de la presente pƒliza producida a peticiƒn del contratante, se restituir£ la prima pagada y no consumida en conformidad a la siguiente tabla: . POR MES O FRACCI«N PORCENTAJE SOBRE PRIMA ANUAL 1 20% 2 30% 3 40% 4 50% 5 60% 6 70% 7 80% 8 90% 9 ƒ m£s 100% . La presente tabla de Terminos Cortos aplica solo para las polizas con vigencia anual y que no incluyan regalo. . 3 M-VP-1145053-9 . . 4 M-VP1145053-9 ITEM 1 ------------ VIGENCIA: DESDE LAS 12 HRS. DEL 02/07/2013 HASTA LAS 12 HRS. DEL 02/07/2014 PLAZO: 365 DIAS DESCRIPCION DE MATERIA ASEGURADA TIPO VEHICULO: MODELO : A¢O : USO : STATION WAGON MARCA : 4RUNNER 4X4 LIMITED 4.0 A COLOR : 2012 NUM.MOTOR : PARTICULAR PL.UNICA : TOYOTA GRIS 1GRA445822 DXHS18 - 8 DESCRIPCION DE COBERTURAS COBERTURAS SOLUCION MOVIL 2.0 MONTO PRIMA ------------------------------------------------------------------------------- DA¢OS MATERIALES PLAN A: MUERTE ACCIDENTAL RESPONSABILIDAD CIVIL ASISTENCIA AL VEHICULO SOLUCION MOVIL 2.0 ROBO, HURTO O USO NO AUTORIZADO ROBO DE ACCESORIOS HASTA 10% VALOR COMERCIAL DA¢OS MATERIALES A CONSECUENCIA HUELGA Y TER DA¢OS MATERIALES A CONSECUENCIA ACTOS MALICI DA¢OS MATERIALES A CONSECUENCIA DE SISMO GRANIZO Y RIESGOS DE LA NATURALEZA DA¢OS MATERIALES CAUSADOS POR LA PROPIA CARG DA¢OS A TERCEROS POR PROPIA CARGA DA¢OS A TERCEROS CAUSADOS POR COND. DEPENDIE DA¢OS MATER. CAUSADOS POR CONDUCTORES DEPEND PLAN B: INCAPACIDAD AUTO DE REEMPLAZO 30 DIAS INDEMNIZACION 0 KM. DEFENSA PENAL Y CONSTITUCI«N DE FIANZAS RESPONSABILIDAD CIVIL POR DA¢O MORAL RESPONSABILIDAD CIVIL POR LUCRO CESANTE 350,00 500,00 500,00 250,00 150,00 500,00 500,00 4,72 0,08 1,28 0,16 1,76 0,96 0,32 0,32 0,32 0,32 0,32 0,08 0,80 1,60 0,08 0,16 0,08 0,08 1,28 1,28 ----------------------------------------------------------------------------TOTALES ITEM 1 2.000,00 16,00 IMPTO. IVA 3,04 ------------PRIMA BRUTA 19,04 DESCRIPCION DE ACCESORIOS CANT ACCESORIO MARCA MODELO OBSERVACION ---------------------------------------------------------------------04 02 01 01 ALZA VID. ELECTRICO ESPEJOS ELECTRICOS ALARMA CIERRE CENTRALIZADO 5 M-VP1145053-9 01 04 08 02 01 01 01 01 06 01 01 01 01 AIRE ACONDICIONADO LLANTAS AIR BAGS NEBLINEROS SUNROOF TAPICERIA DE CUERO ENGANCHE ARRASTRE RADIO PARLANTES PARRILLA FRENOS ABS SPOILER/ALERON SENSOR RETROCESO ORIGINALES E ORIGINAL ORIGINAL AMERICANO ORIGINAL ORIGINAL INSPECCION Inspeccion Folio Inspecciƒn 5616194 Fecha Inspecciƒn 02/07/2013 CONDICIONES PARTICULARES DEL ITEM - Rigen los siguientes deducibles obligatorios,aplicables en toda y cada p⁄rdida, para las siguientes coberturas: . Cobertura Cƒd.Registro S.V.S. Deducible ---------------------------------------------------------------------* Da¡os Materiales, Robo, Hurto o uso no autorizado POL 1 98 022 UF 10,0 * Robo Accesor.(hasta 10% valor comercial) CAD 1 92 121 UF 2,5 * Huelga y Terrorismo CAD 1 92 122 UF 10,0 * Actos Maliciosos CAD 1 92 123 UF 10,0 * Granizo y Riesgos de la Naturaleza CAD 1 92 124/125 UF 10,0 * Sismo CAD 1 92 126 UF 10,0 . - Ambas partes acuerda que con la suscripciƒn del presente seguro, el asegurado asume, entre otras, la obligaciƒn de autorizar y permitir la inspecciƒn del veh¥culo. Adem£s, las partes acuerdan que durante el tiempo que medie entre la fecha de emisiƒn de la propuesta y la inspecciƒn, el veh¥culo gozar£ de cobertura sin perjuicio de los l¥mites y exclusiones se¡alados en la pƒliza respectiva y con los siguientes deducibles: a) Para las coberturas de da¡os al veh¥culo asegurado, se aplicar£ un deducible equivalente al 10% de la p⁄rdida con un m¥nimo de UF 30; y b) Para las coberturas de robo, hurto y uso no autorizado, al igual que el robo de los accesorios del veh¥culo asegurado, se aplicar£ un deducible equivalente al 90% de la p⁄rdida con un m¥nimo de UF 75. Una vez realizada la inspecciƒn del veh¥culo asegurado y aprobado por la Compa¡¥a, se aplicar£ inmediatamente la cobertura contratada sin las restricciones se¡aladas en las letras a) y b) precedentes. Si por el contrario, la inspecciƒn no se realizare en el plazo de 20 6 M-VP1145053-9 d¥as h£biles, contados desde la contrataciƒn, la compa¡¥a estar£ habilitada para no emitir este contrato. NOTA: Las letras a) y b) no aplican para veh¥culos nuevos cuya factura tenga menos de 48 horas de antig†edad a la fecha de inicio de vigencia. INFORMACI«N IMPORTANTE: Si fuere rechazada la inspecciƒn se mantendr£n los l¥mites y exclusiones se¡aladas en las letras a) y b) precedentes. Asimismo, la Compa¡¥a se reserva el derecho de poner t⁄rmino anticipado de la pƒliza. En caso de que el asegurado no pueda estar presente en la inspecciƒn, por el presente instrumento se obliga a delegar dicha misiƒn a una tercera persona para que en su nombre y representaciƒn pueda aceptar y firmar la correspondiente acta o formulario de inspecciƒn, liberando a BCI Seguros Generales S.A. de toda responsabilidad en el cumplimiento del referido encargo. . - CL¤USULA DEDUCIBLE ADICIONAL POR ROBO El proponente y la Compa¡¥a acuerdan que la cobertura del riesgo ROBO TOTAL, a que se refiere el punto 2 del art¥culo 3ro. de las Condiciones Generales de la pƒliza, CODIGO POL 1 98 022, se regir£ por las Condiciones de Asegurabilidad que a continuaciƒn se estipulan, cuando el veh¥culo asegurado en la presente pƒliza corresponda a alguno de los siguientes modelos en todas sus versiones y de acuerdo al a¡o de fabricaciƒn indicado: - Mitsubishi: modelo L200, anterior al a¡o 2007. - Nissan: modelos D21, D22, Terrano, Navara y V16, todos los a¡os de fabricaciƒn. Modelo Murano, anterior al a¡o 2007. - Toyota: modelos Hilux y Yaris, todos los a¡os de fabricaciƒn. Modelo Rav4, anterior al a¡o 2012. - Hyundai: modelos Porter, H1 y Terracan, todos los a¡os de fabricaciƒn. Modelos Tucson y Santa Fe, anteriores al a¡o 2012. - Subaru: modelos Impreza y Legacy, anteriores al a¡o 2006. - Chevrolet: modelos Luv, D-Max y Optra, todos los a¡os de fabricaciƒn - Suzuki: modelos Grand Vitara, Grand Nomade, Vitara y Nomade, todos los a¡os de fabricaciƒn. Modelo Swift, anterior al a¡o 2012. - Kia: modelo Frontier, todos los a¡os de fabricaciƒn. CONDICIONES DE ASEGURABILIDAD: Se estipula un deducible igual al 20% del valor comercial a indemnizar en caso de robo que ocasione la p⁄rdida total del veh¥culo y adicional al deducible contratado. Este porcentaje podr£ disminuir en caso de que el veh¥culo cuente con las medidas de seguridad se¡aladas a continuaciƒn: * Si el veh¥culo cuenta con las placas (patente) grabadas en todos los vidrios laterales, el deducible adicional ser£ de un 15%. * Si el veh¥culo cuenta con sistema cortacorriente electrƒnico y autom£tico, no regir£ deducible adicional. Si la instalaciƒn de los mencionados sistemas es llevada a cabo despu⁄s de la inspecciƒn, ser£ necesario volver a inspeccionar , de lo contrario regir£ el deducible adicional igual al 20% del valor comercial. - PERDIDA TOTAL Para efectos de este contrato de Seguros se entender£ por P⁄rdida Total cuando el costo de reparaciƒn sea superior al 65 % del Valor Comercial del veh¥culo. Veh¥culos con menos de 12 meses. En caso de siniestro con p⁄rdida del 7 M-VP1145053-9 veh¥culo con menos de 12 meses de uso, la compa¡¥a debe entregar al asegurado un veh¥culo nuevo equivalente al siniestrado, sujeto a las siguientes condiciones: a) Veh¥culo siniestrado posea una antig†edad inferior a 365 dias contados entre la fecha de factura de compra y fecha del siniestro. b) El beneficiario sea el primer propietario al momento del siniestro. c) El veh¥culo de reposiciƒn se encuentre disponible para su adquisicion y sea igual al modelo,caracter¥sticas y equipamiento del bien siniestrado, en caso de no existir el mismo modelo disponible en el mercado, la compa¡ia indemnizara el valor comercial del vehiculo nuevo al momento del siniestro. d) El asegurado no haya comprado el veh¥culo hacieno uso de franquicias o privilegios aduaneros impositivos. . En caso de perdida total del veh¥culo materia del seguro, lo que conlleva la extinciƒn de la pƒliza, proceder£ el cobro ¥ntegro de la prima pendiente por toda la vigencia de la pƒliza, y la compa¡¥a tendr£ derecho a compensar esta deuda con el monto de la indemnizaciƒn que en su caso corresponda,y a compensar esa eventual indemnizaciƒn con cualquiera otra obligaciƒn vencida que mantenga el asegurado con ella. . La compa¡¥a tiene la opciƒn de reparar, reemplazar o indemnizar en dinero los da¡os sufridos por el veh¥culo asegurado.En los casos de reparacion o reemplazo se usar£n repuestos que tengan caracter¥sticas de de calidad y seguridad similares a los sustituidos o reemplazados. . - Clausula de renovacion Automatica: La presente poliza se renovara automaticamente a su vencimiento, por periodos iguales y sucesivos de un a¡o, salvo que cualesquiera de las partes cumunique a la otra su intencion de ponerle termino en el plazo se¡alado en las Condiciones Generales, mediante comunicacion escrita enviada al domicilio se¡alado en la poliza. La compa¡ia informara al asegurado de cualquier ajuste en el monto de la prima, deducibles convenidos u otra condicion conforme a sus politicas tecnicas de suscripcion.Estas modificaciones regiran y se entenderan incorporadas a la presente poliza desde la fecha de renovacion, (i) si el asegurado no hubiese manifestado su disconformidad con las mismas, dentro del plazo de 30 dias (corridos) contados desde la expedicion de la carta de aviso recien referida;y (ii) si el asegurado huiere pagado la prima correspondiente. . - RESPONSABILIDAD CIVIL No obstante lo indicado en el detalle de coberturas del presente ¥tem las coberturas de Responsabilidad Civil, Da¡o Emergente, Da¡o Moral y Lucro Cesante son independientes entre s¥, UF 500 cada Subsecciƒn. - ROBO DE ACCESORIOS: Limite de indemnizaciƒn 10% del valor comercial del veh¥culo con un m£ximo de UF 40. - REQUISITOS DE ASEGURABILIDAD - Veh¥culo con antig†edad menor a 14 a¡os y 364 d¥as - Veh¥culo de uso exclusivamente particular durante toda la vigencia de la pƒliza - Veh¥culo no internado por franquicia aduanera ni de importaciƒn directa, salvo aquellos que cumplan con los requisitos enunciados en las condiciones particulares "Cobertura de veh¥culos internados al amparo 8 M-VP1145053-9 de franquicia aduanera" - Para la cobertura de robo de accesorios: Que las tapas y conos de rueda se encuentren apernados - En caso de que la factura tenga m£s de 48 horas de emitida contadas hacia atr£s desde la fecha de la propuesta, debe haber una inspecciƒn del veh¥culo aprobada por la Compa¡¥a de Seguros. . - EXCLUSIONES: - Veh¥culos con m£s de 15 a¡os de antig†edad. Esta exclusion no aplica en caso de que este item corresponda a una renovacion en BCI Seguros - Veh¥culos de 3 o menos ruedas. - Veh¥culos de arriendo o rent a car. - Veh¥culos de turismo. - Veh¥culos de locomociƒn colectiva o taxis, Furgones escolares. - Veh¥culos del Cuerpo de Bomberos, ambulancias y policiales. - Veh¥culos de Escuela de Conductores. - Veh¥culos sin placa §nica nacional, excepto veh¥culos nuevos. - Veh¥culos internados con franquicia aduanera y que no correspondan a versiones vendidas en Chile por representantes de la marca debidamente autorizados. - Veh¥culos hechizos. - Veh¥culos que transporten material explosivo, corrosivo o combustible. - En el caso de veh¥culos descapotables, se excluyen las coberturas de robo, hurto o uso no autorizado, robo de accesorios y cualquier da¡o a la capota. . * Para el adicional de Robo de accesorios y para el Robo de partes, se excluyen expresamente(a§n si estan individualizados en la inspecciƒn o pƒliza), equipos radiotransmisores, detectores de radar, celulares,parrillas,carpas,cordeles,tapas de ruedas no apernadas y cualquier otro accesorio que no pertenezca adherido permanentemente al veh¥culo. * Para radios desmontables: Se cubren las radios con panel desmontable,siempre y cuando,el denuncio del siniestro,se entregue dicho panel a la CIA. * Se excluyen pintados y/o adhesivos en general de logos de empresa y/o propagandas. . - No ser£n cubiertos bajo el adicional de Robo de Accesorios, las radios y compact disc desmontables no fijados al veh¥culo, los televisores, los radares, los equipos de radio transmisiƒn o de telefon¥a celular, los porta-ski, porta-bicicleta, porta-l£ser y las tapas y conos de ruedas no apernadas, a§n cuando ellos est⁄n identificados en esta pƒliza. . . - PLAN "A" Y PLAN "B": * Se cubre la Muerte Accidental (Plan A) o la Incapacidad Permanente (Plan B)por ocupante del veh¥culo asegurado,sujeto a la capacidad tecnica del vehiculo por un monto de UF 100 por persona y con un limite l¥mite m£ximo de UF 500 por evento. . * Se cubre Reembolsos Gastos Medicos (Plan C) por persona y con un limite maximo de UF 50 por evento. EXCLUSIONES REEMBOLSO GASTOS MEDICOS:no se reembolsaran los siguientes 9 M-VP1145053-9 gastos medicos correspondientes a servicios que el asegurado haya concertado por su cuenta, sin previo aviso a la central de asistencias de la compa¡ia, salvo que la comunicacion haya sido imposible por razon razon de fuerza mayor. * Los gastos medicos por enfermedad o lesiones derivadas de padecimientos cronicos y de las preexistentes a la iniciacion del viaje. * Los gastos medicos por muerte producica por suicidio y las lesiones y secuelas que se ocasionen en su tentativa. * Los gastos medicos por muerte o lesiones originadas directa o indirectamente por acciones criminales dolosas del asegurado. * Los gastos medicos por enfermedades o estados patologicos producidos por la ingestion voluntaria de alcohol, drogas, sustancias toxicas narcoticos o medicamentos adquiridos sin precripcion medica. * Los gastos medicos correspondientes a protesis,anteojos, lentes de de contacto, los gastos de asistencia por embarazo, parto y tambien cualquier tipo de enfermedad mental. * Los gastos medicos por lesiones derivadas de practicas en competicion. * Los gastos medicos incurridos por los ocupantes del vehiculo asegurado transportados gratuitamente mediante autostop. * Los gastos medicos no reembolsables por la institucion de salud previsional al cual se encuentra adherido el asegurado(prestaciones no cubiertas por el plan individual y/o prestaciones no codificadas,seran indemnizados considerando el 50% del gasto real efectuado. Este criterio tambien sera aplicado a los reembolsos que corresponden a asegurados que no esten afiliados a una institucion de salud previsional. . - COBERTURA DE VEHICULOS INTERNADOS AL AMPARO DE FRANQUICIAS ADUANERAS: . Sin perjuicio de lo se¡alado en las Condiciones Generales del seguro, que no se modifican sino en lo expresamente se¡alado a continuacion en esta clausula, la presente poliza se extiende a cubrir vehiculos motorizados internados al pais al amparo de franquicias aduaneras sujeto a las siguientes condiciones especiales, las cuales son expresamente aceptadas por el asegurado en este acto: 1.- El asegurado estara obligado a acreditar a la Compa¡ia el valor valor de adquisicion del vehiculo. Dicha acreditacion se realizara a traves de la exhibicion de la factura respectiva, contrado de compraventa del vehiculo debidamente acreditar el pago del impuesto respectivo, firmado por el vendedor y el comprador autorizado ante Notario,o la Solicitud de Registro de Factura, expendida por el Servicio Nacional de Aduanas, documentos que formaran parte integrante del contrato de Seguros. Se entendera como valor de adquisicion del vehiculo,el valor total de venta indicado en estos documentos. . 2.- En caso de perdida total del vehiculo asegurado, la indemnizacion quedara limitada al menor valor entre el valor comercial del vehiculo al momento del siniestro y el valor de adquisicion declarado a la Compa¡ia menos la depreciacion asociada al uso, antiguedad y estado de conservacion del vehiculo. La depreciacion para los vehiculos nuevos es de un 15% para el primer a¡o o la proporcion que corresponda y un 10% anual para los a¡os siguientes. . 3.- Solo podran asegurar bajo esta extension de cobertura vehiculos motorizados con presencia comercial en Chile a traves de distribuido- 10 M-VP1145053-9 res oficiales de la marca constituidos en el pais. . 4.- En caso que la Compa¡ia opte por indemnizar en dinero la perdida total del vehiculo asegurado,el pago de la indemnizacion procedera solo una vez que el asegurado acredite haber cancelado todas las sumas que sea necesario enterar a cualquier organismo publico o privado para poder transferir el vehiculo asegurado o sus restos,a la Compa¡ia o a un tercero, en razon de haber sido internado bajo el amparo de alguna exencion total o parcial de aranceles aduaneros y/o impuestos,con respecto al regimen general. . - Domicilio Especial (Art. 31 de la POL 1 98 022): Santiago . En cada renovacion la Compa¡ia podra ajustar el monto de la prima en razon de la siniestrialidad que haya presentado el bien asegurado durante la vigencia anual anterior,previo aviso dirigido al domicilio registrado por el asegurado en la Compa¡ia, con al menos 30 dias anteriores al vencimiento. . - ASISTENCIA AL VEHICULO SOLUCI«N MOVIL 2.0 Asistencia vehicular por aver¥a o accidente COBERTURA - Remolque o transporte por aver¥a o accidente del veh¥culo Limite : UF12 AT : PL - Servicio de reparaciƒn in situ L¥mite : Ilimitado AT : CL - Transporte, deposito o custodia del veh¥culo reparado o recuperado L¥mite : UF 10 AT : PL - Servicio de conductor profesional L¥mite : Ilimitado AT : PL - Localizaciƒn y enviƒ de piezas de recambio L¥mite : Ilimitado AT : CL Asistencia a personas por aver¥a o accidente del veh¥culo - Estancia y desplazamiento de los clientes por inmovilizaciƒn del veh¥culo L¥mite : UF3/d¥a; m£ximo UF9 AT : PL - Estancia y desplazamiento de los clientes por robo del veh¥culo L¥mite : UF3/d¥a; m£ximo UF9 AT : PL - Transmisiƒn de mensajes urgentes L¥mite : Ilimitado AT : PL - Transporte de acompa¡antes en caso de accidente de tr£nsito del veh¥culo L¥mite : Ilimitado AT : PL Asistencia m⁄dica a personas por accidente del veh¥culo - Transporte sanitario en caso de lesiones por accidente de tr£nsito del veh¥culo 11 M-VP1145053-9 L¥mite : Ilimitado At : PL - Transporte del cliente fallecido y de los dem£s acompa¡antes L¥mite : Ilimitado AT : PL - Reembolso de gastos m⁄dicos ( por accidente o enfermedades en trayecto) L¥mite : ACC UF40 / ENF UF 20 (en exceso SOAP, Isapre u otros) AT : PL - Orientaciƒn M⁄dica Telefƒnica las 24 horas del d¥a L¥mite : Ilimitado AT : CL Asistencia legal por accidente, infracciones y tramitaciones del veh¥culo - Asistencia legal en gestiones de excarcelaciƒn L¥mite : UF 12 AT : PL - Anticipo de fianzas L¥mite : UF 6 AT : PL - Consulta y orientaciƒn legal telefƒnica las 24 horas del d¥a L¥mite : Ilimitado AT : CL - Representaciƒn y tramitaciƒn en infracciones en el JPL L¥mite : Ilimitado AT : CL - Asesor¥a y tramitaciƒn de documentaciƒn por compraventa de veh¥culos L¥mite : Ilimitado AT : CL - Tramitaciƒn de documentaciƒn ante el Registro Civil L¥mite : limitado AT : PL - Tramitaciƒn de documentaciƒn en las Direcciones del Transito L¥mite : Ilimitado AT : CL Asistencia Preventiva Automotriz - Conducto Profesional para Revisiƒn T⁄cnica L¥mite : 1 evento al a¡o; costo del traslado incluido; no incluye el costo de revisiƒn t⁄cnica AT : CL - Conductor de reemplazo L¥mite : 5 eventos al a¡o; con copago $6.000 con IVA por evento AT : CL - Conducciƒn a la mantenciƒn L¥mite : 1 evento al a¡o con copago $6.000 con IVA por evento; veh¥culo de reemplazo m£ximo 3 d¥as h£biles corridos con un copago diario de $4.000 con IVA AT : CL - Revisiƒn mec£nica pre-viaje a domicilio L¥mite : 2 eventos al a¡o; con copago $10.000 con IVA por evento AT : CL Auto de reemplazo - Servicio de veh¥culo de reemplazo por siniestro L¥mite : Hasta 30 d¥as $ 4.000 con IVA 12 M-VP1145053-9 - - - - - AT : CL Palena, incluyendo lsla Grande Chilo⁄, Argentina, Uruguay, Brasil, AT : ¤mbito territorial de la cobertura CL : Cobertura solo en Chile Continental excluyendo la Provincia de Palena, incluyendo lsla Grande Chilo⁄ PL : Cobertura en Chile Continental excluyendo la Provincia de Per§ y Bolivia Exclusiones Est£n excluidos de esta cobertura las prestaciones y hechos siguientes: a) Los servicios que el Beneficiario haya concertado por su cuenta, sin previo consentimiento de AUXILIAS ASISTENCIAS, salvo que la comunicaciƒn haya sido imposible por razƒn de fuera mayor. b) Las asistencias derivadas de pr£cticas deportivas en competiciƒn. SERVICIO REPARACION IN SITU Si una aver¥a impidiera que el veh¥culo asegurado circule por sus propios medios, la compa¡¥a de Auxilia Asistencias proporcionar£ la ayuda t⁄cnica necesaria para intentar reparaciƒn de emergencia, a fin de que pueda continuar su viaje. Su alcance no superar£ el correspondiente a media hora de mano de obra, en el lugar donde se haya producido el hecho, quedando excluido de esta prestaciƒn el costo de las piezas de recambio que fuera necesario sustituir. En caso de que el veh¥culo no pudiera ser reparado en el tiempo indicado, entrar£ en vigor la prestaciƒn de remolque. Tipos de reparaciones incluidas en la cobertura de Reparaciƒn In Situ. - Servicio por Carga o reemplazo de bater¥as - Servicio por Cambio de neum£ticos - Servicio por Apertura de veh¥culos cerrados - Servicio por Entrega de combustible hasta 5 lts., el combustible es al cargo del asegurado. - Reparaciones de emergencia en general, susceptibles de ser efectuadas en el lugar del requerimiento. ¤mbito territorial. Chile a partir del Km. 0 del lugar de residencia del asegurado. Se entiende por Km. 0 el domicilio del asegurado declarado en la propuesta del seguro. SERVICIO DE REEMBOLSO DE GASTOS MEDICOS (Para accidentes o enfermedades en trayecto) -Reembolso de gastos m⁄dicos por enfermedad hasta UF 20 y por accidente en viaje hasta UF 40 por viaje,sobre lo que no reembolse el sistema de salud previsional que corresponda. M£ximo por a¡o UF 40 y UF 80 respectivamente. -En el caso de aquellos Titulares que no cotizan en el sistema de salud previsional, se aplicar£ un deducible de UF 5, en cada evento. - Gastos incluidos: consultas m⁄dicas, medicamentos, ex£menes, odontolog¥a, intervenciones quir§rgicas, internaciƒn, etc., hasta UF 3,35. -Cobertura exclusiva para el titular del seguro y familiares en primer grado (cƒnyuge, hijos y padres). ¤mbito territorial. A partir de los 100 Km. del lugar de residencia del asegurado. Procedimientos a seguir para obtener los reembolsos: - Aviso telefƒnico del problema, y el lugar donde se encuentra. - Presentaciƒn de copia de los comprobantes de gastos, en concordancia con el llamado y el lugar desde donde fue realizado. - Presentaciƒn de comprobante de pago de la instituciƒn de salud. EXCLUSIONES REEMBOLSO GASTOS MEDICOS:No se reembolsaran: 13 M-VP1145053-9 * Los gastos medicos correspondientes a servicios que el asegurado haya concertado por su cuenta, sin previo aviso a la central de asistencias de la Compania, salvo que la comunicacion haya sido imposible por razon de fuerza mayor. * Los gastos medicos por enfermedad o lesiones derivadas de padecimientos cronicos y de las preexistentes a la iniciacion del viaje. * Los gastos medicos por muerte producida por suicidio ylas lesiones y secuelas que se ocasionen en su tentativa. * Los gastos medicos por muerte o lesiones originadas directa o indirectamente por acciones criminales dolosas del asegurado. * Los gastos medicos por enfermedades o estados patologicos producidos por la ingestion voluntaria de alcohol, drogas, sustancias toxicas, narcoticos o medicamentos adquiridos sin prescripcion medica. Los gastos medicos correspondientes a protesis, anteojos, lentes de contacto,los gastos de asistencia por embarazo,parto y tambien cualquier tipo de enfermedad mental. * Los gastos medicos por lesiones derivadas de practicas deportivas en competicion. * Los gastos medicos incurridos por los ocupantes del vehiculo asegurado transportados gratuitamente mediante "auto-stop". - ORIENTACI«N M'DICA TELEFONICA El Beneficiario, tendr£ derecho a solicitar, todas las veces que as¥ lo requiera, orientaciƒn m⁄dica telefƒnica durante las 24 horas del d¥a, obteniendo respuesta telefƒnica exclusivamente en las siguientes materias de salud: - Pauta de actuaciƒn ante urgencias m⁄dicas concretas, indicaciƒn del tipo de tratamiento que debiera requerir dicha urgencia y el establecimiento m£s cercano al cual acudir para recibir atenciƒn m⁄dica. - Informaciƒn sobre pruebas diagnƒsticas o tratamientos prescritos. - Informaciƒn sobre efectos secundarios y contraindicaciones de determinados f£rmacos, orientaciƒn al Beneficiario en la obtenciƒn de un tratamiento m⁄dico en un centro asistencial. - Informaciƒn de proveedores y centros asistenciales p§blicos y privados, informaciƒn de direcciƒn y tel⁄fono de contacto a los cuales podr¥a dirigirse el Beneficiario. - Informaciƒn sobre sustancias tƒxicas, limit£ndose a indicar las caracter¥sticas de toxicidad de la sustancia por la cual se consulta. - Orientaciƒn materna infantil y a la tercera edad, resoluciƒn de consultas b£sicas y naturales a estos estados. - Informaciƒn de farmacias de turno, ubicaciƒn de los establecimientos que, dentro de la regiƒn o comuna en donde se encuentre el Beneficiario, est⁄n atendiendo en horario continuado las 24 horas del d¥a. CONSULTA Y ORIENTACION LEGAL TELEFONICA LAS 24 HORAS AL DIA El equipo jur¥dico de AUXILIA ASISTENCIAS dar£ orientaciƒn legal al Beneficiario respecto de situaciones y contingencias derivadas del uso del veh¥culo Beneficiario, durante las 24 horas del d¥a, los 365 d¥as del a¡o. REPRESENTACION Y TRAMITACION EN INFRACCIONES EN EL JUZGADO DE POLICIA LOCAL En caso de que el Beneficiario sea multado por una infracciƒn a la Ley de Tr£nsito, el servicio de asistencia tramitar£ ante el J.P.L. el pago de la multa y el retiro de la licencia de conducir, cuando esta se encuentre retenida. Para tal efecto, el Beneficiario ser£ representado por un Abogado o funcionario administrativo, seg§n corresponda. ASESORIA Y TRAMITACION EN DOCUMENTACION POR COMPRAVENTA DE VEHICULOS 14 M-VP1145053-9 El Beneficiario podr£ contar con la asistencia directa de juristas en la celebraciƒn y tramitaciƒn de contratos de compraventa, con el fin de garantizar la correcta inscripciƒn del veh¥culo. TRAMITACION DE DOCUMENTACION ANTE EL REGISTRO CIVIL En caso de que el Beneficiario deba realizar alg§n tr£mite relacionado con su veh¥culo en la Direcciƒn del Tr£nsito, AUXILIA ASISTENCIAS pondr£ a su disposiciƒn el personal jur¥dico necesario para gestionar en su nombre tr£mites relacionados con la inscripciƒn de veh¥culos nuevos, obtenciƒn de certificados de dominio, transferencia de veh¥culos usados, duplicados de placas patente, etc. TRAMITACION DE DOCUMENTACION EN LAS DIRECCIONES DEL TRANSITO El Beneficiario tiene a su disposiciƒn el personal jur¥dico necesario para gestionar en su nombre, tr£mites relacionados con el primer permiso de circulaciƒn, duplicados de documentos, modificaciones en alg§n registro e incluso la renovaciƒn anual del permiso. - SERVICIO DE CONDUCTOR DE REEMPLAZO En caso de estar el cliente imposibilitado para conducir el veh¥culo por estar en condiciones f¥sicas inapropiadas o en caso de ingesta de alcohol, involucrando con ello riesgo de accidente, y si ninguno de los acompa¡antes pudiera sustituirlo con la debida habilitaciƒn, el servicio de asistencia proporcionar£, a su propio cargo, un conductor profesional para conducir el veh¥culo, con o sin sus ocupantes, hasta domicilio habitual del cliente, siempre que ⁄ste se encuentre dentro del £mbito territorial cubierto por el servicio. Este servicio se entregar£ previa autorizaciƒn del due¡o del veh¥culo a conducir, para lo cual se dejar£ grabada la solicitud y dicho salvoconducto. Por otro lado, se dejar£ constancia de los art¥culos y/o da¡os pre-existentes del veh¥culo al momento de ser recibido para su conducciƒn y en el caso de existir da¡os se proceder£ a tomar fotograf¥as de los mismos. ¤mbito territorial del servicio - Radios urbanos con un m£ximo de 20 Kms. de las capitales provinciales del pa¥s. Horario del servicio - Continuado Duraciƒn m£xima del servicio - 60 minutos Solicitud previa / agendamiento - 2 horas L¥mite de eventos - 5 eventos al a¡o Copago por evento - $ 6.000 (IVA incluido) Tarifa por Km. en exceso de servicio - $ 900 por km. adicional en exceso de 20 km. Fechas excluidas en el servicio - Fiestas Patrias, Navidad y A¡o Nuevo (incluyendo festivos adicionales que se agreguen a las mismas). - SERVICIO DE CONDUCTOR PROFESIONAL PARA REVISI«N T'CNICA Este servicio consiste en el retiro del veh¥culo desde la direcciƒn solicitada por el asegurado, dentro de los l¥mites geogr£ficos establecidos m£s adelante, por personal de Auxilia Asistencia con el fin de realizar la Revisiƒn T⁄cnica del veh¥culo asegurado y la posterior devoluciƒn del mismo. Este servicio se prestar£ sƒlo dentro del mes que le corresponda al veh¥culo realizar la revisiƒn t⁄cnica seg§n placa patente. El servicio de conducciƒn no presenta costo para el asegurado. No incluye el costo de la revisiƒn t⁄cnica. En caso de requerir un segundo servicio de revisiƒn t⁄cnica, ⁄ste estar£ afecto a un copago de $10.000 + IVA y el valor de la Revisiƒn T⁄cnica ser£ costo del asegurado. La realizaciƒn de revisiones t⁄cnicas es de Lunes a Viernes de 8:00 a 15 M-VP1145053-9 17:00 horas,y la solicitud y agendamiento debe realizarse con al menos 48 horas de anticipaciƒn de lunes a viernes entre 8:00 a 15:00 horas. Servicio sujeto a disponibilidad horaria. Este servicio se encuentra disponible dentro de las capitales provinciales de Chile. En otras ciudades estar£ sujeto a disponibilidad. Incluye todas las comunas de la Regiƒn Metropolitana. Previo al retiro del veh¥culo, se har£ una inspecciƒn visual a cargo del responsable de la realizaciƒn del traslado para efectos de detectar desperfectos menores que eventualmente sean causales de rechazo en la revisiƒn de la Planta de Revisiƒn T⁄cnica. Auxilia asistencias entregar£ al asegurado asistencia y orientaciƒn para la reparaciƒn de los desperfectos, si es que la inspecciƒn visual resultase defectuosa o si la revisiƒn t⁄cnica fuese rechazada por la planta de revisiƒn t⁄cnica. En este caso ofrecer£: a. Llevar el veh¥culo al taller mec£nico de su confianza, donde el cliente posteriormente lo tendr£ que retirar y volver a solicitar la asistencia para trasladar el veh¥culo a la Plata de Revisiƒn T⁄cnica (si esta gestiƒn se realiza dentro de los siguientes 15 d¥as corridos desde la primera revisiƒn el asegurado se eximir£ de cancelar el costo de esta nueva revisiƒn t⁄cnica). b. Llevar el veh¥culo a un taller asignado por Auxilia Asistencia. En dicho taller se realizar£ un presupuesto, el cual deber£ ser aprobado por el cliente. En caso de no ser aceptado se coordinar£ la devoluciƒn del veh¥culo donde el cliente indique. En caso contrario, se reparar£ el veh¥culo y luego se retornar£ a la Plata de Revisiƒn T⁄cnica. Aprobada la revisiƒn, se hace la devoluciƒn del veh¥culo al cliente donde ⁄ste indique. La empresa de asistencia se har£ cargo de cualquier da¡o o perjuicio sufrido por el veh¥culo mientras dure este servicio. En el caso de la letra "a" precedente, el servicio finaliza al momento que el veh¥culo es depositado en el taller de confianza del cliente. Para los casos se¡alados en las letras "a" y "b", los costos de reparaciƒn de los desperfectos ser£n de cargo del asegurado. - SERVICIO DE REVISION MECANICA PRE-VIAJE Un mec£nico calificado revisar£ el veh¥culo asegurado a domicilio o en talleres asignados por la compa¡¥a de Auxilia Asistencias con el fin de dar un diagnƒstico general sobre las condiciones del mismo (frenos, neum£ticos, luces, l¥quidos, entre otros), indicando, si fuera necesario, los elementos a reparar para que quede apto para realizar un viaje de forma segura. En caso de detectar fallas en el veh¥culo, se orientar£ al cliente sobre las reparaciones a realizar, las que ser£n de costo y responsabilidad del cliente. El servicio est£ disponible para las Capitales provinciales de Chile con un radio m£ximo de 20 kms. Incluye todas las comunas de la Regiƒn Metropolitana. El horario del servicio es de lunes a viernes de 9:00 a 17:00. La solicitud de agendamiento debe ser hecha con 7 d¥as corridos de anticipaciƒn. Esta asistencia tiene un l¥mite de dos eventos al a¡o y esta sujeta a un copago de $ 10.000 (IVA incluido) por evento. - SERVICIO DE CONDUCCION HACIA MANTENCION Un conductor profesional har£ el retiro del veh¥culo desde donde el asegurado lo solicite y a la hora que se convenga para trasladarlo al taller de la marca para realizar la mantenciƒn por kilometraje que co- 16 M-VP1145053-9 rresponda. Luego de realizada la gestiƒn, se har£ devoluciƒn del veh¥culo al asegurado en el lugar donde ⁄ste indique. Este servicio se entregar£ previa autorizaciƒn del due¡o del veh¥culo a conducir, para lo cual se dejar£ grabada la solicitud y dicho salvoconducto. Por otro lado, se dejar£ constancia de los art¥culos y/o da¡os pre-existentes del veh¥culo al momento de ser recibido para su conducciƒn en el correspondiente Registro de Prestaciƒn de Servicio (RPS) y en el caso de existir da¡os se proceder£ a tomar fotograf¥as de los mismos. Este servicio estar£ disponible en las capitales provinciales de Chile con un radio m£ximo de 20 Kms. desde las plazas de armas. Incluye todas las comunas de la Regiƒn Metropolitana. El horario del servicio es de lunes a viernes de 8:00 a 17:00 horas. La solicitud de agendamiento debe realizarse con 7 d¥as corridos de anticipaciƒn. Esta asistencia tiene un l¥mite de un evento al a¡o y esta sujeta a un copago de $ 6.000 (IVA incluido) por evento. SERVICIO COMPLEMENTARIO Este servicio contempla entregar al cliente, 1 vez al a¡o, un veh¥culo de reemplazo por el tiempo que demore la mantenciƒn hasta un m£ximo de 3 d¥as h£biles corridos con un copago diario de $ 4.000 (IVA incluido) m£s el costo fijo por concepto de Tag. El veh¥culo de reemplazo corresponder£ a un veh¥culo b£sico (no full), con transmisiƒn mec£nica, tipo sedan, 4 puertas, equipamiento simple seg§n nomenclatura de la empresa de arriendo, tales como: Hyundai Accent, Toyota Yaris, Chevrolet Corsa Extra y Chevrolet Aveo, entre otros. As¥ mismo, el usuario deber£ ajustarse a las condiciones particulares de arriendo de cada rent a car, tales como la entrega de una garant¥a (voucher de tarjeta de cr⁄dito o cheque) y el pago por concepto del Tag. En caso de no ser posible arrendar un veh¥culo, se facilitar£ un medio alternativo de trasporte convencional con un l¥mite del costo econƒmico de la prestaciƒn del veh¥culo de reemplazo DA¢OS MATERIALES * La presente pƒliza se rige por la modalidad de aseguramiento comercial, descrita en la letra b) del art¥culo 4 de las Condiciones Generales de la pƒliza. * En el caso de la situaciƒn prevista en la letra a) del art¥culo 7 de las Condiciones Generales de la pƒliza, el l¥mite m£ximo para reparaciones sin autorizaciƒn previa de la compa¡¥a es de UF 5. * En el caso de la situaciƒn prevista en la letra b) del art¥culo 7 de las Condiciones Generales de la pƒliza, el l¥mite m£ximo por concepto de gastos razonables de traslado del veh¥culo asegurado sin autorizaciƒn previa de la compa¡¥a es de UF 1. * En caso de un siniestro que sea p⁄rdida total, la Compa¡¥a tendr£ el derecho para descontar del monto de la indemnizaciƒn, todo el saldo de la prima pendiente. . PLAN A: MUERTE ACCIDENTAL La presente pƒliza y sus coberturas, se rigen de acuerdo a t⁄rminos y condiciones de la pƒliza inscrita en el registro de pƒlizas de la S.V.S., bajo el cƒdigo POL 1 93 003. . 17 M-VP1145053-9 RESPONSABILIDAD CIVIL La presente pƒliza sƒlo cubre el riesgo de responsabilidad civil correspondiente a la Subsecciƒn Da¡o Emergente del T¥tulo Segundo de la POL 1 98 022 de la S.V.S. . ASISTENCIA AL VEH“CULO SOLUCION MOVIL 2.0 Rigen seg§n Condiciones Generales POL 1 94 016 y sus Condiciones Particulares. . ROBO, HURTO O USO NO AUTORIZADO En la cobertura de robo, hurto o uso no autorizado no tienen cobertura los siguientes accesorios: neblineros apernados, parrillas no permanentes, radares, porta-sky, porta-bicicletas, porta-l£ser, tapas y conos de ruedas a presiƒn o con piolas de seguridad. . ROBO DE ACCESORIOS HASTA 10% DEL VALOR COMERCIAL DEL VEHICULO En consideraciƒn al pago de la extraprima correspondiente, la presente pƒliza cubre el riesgo indicado en la CAD 1 92 121. . El robo o hurto de radios con panel desmontable, sƒlo ser£ indeminizado contra entrega, por parte del asegurado, a la compa¡¥a del panel desmontable. . Queda expresamente convenido y aceptado por las partes que para efectos de indemnizaciƒn de accesorios sin identificaciƒn completa (marca y modelo), la Compa¡¥a unilateralmente determinar£ el accesorio a indemnizar o reemplazar, teniendo como base el accesorio de menor valor de acuerdo a la identificaciƒn incompleta detallada en la pƒliza. . DA¢OS MATERIALES A CONSECUENCIA DE HUELGA Y TERRORISMO En consideraciƒn al pago de la extraprima correspondiente, la presente pƒliza cubre el riesgo indicado en la CAD 1 92 122. . DA¢OS MATERIALES A CONSECUENCIA DE ACTOS MALICIOSOS En consideraciƒn al pago de la extraprima correspondiente, la presente pƒliza cubre el riesgo indicado en la CAD 1 92 123. . DA¢OS MATERIALES A CONSECUENCIA DE SISMO En consideraciƒn al pago de la extraprima correspondiente, la presente pƒliza cubre el riesgo indicado en la CAD 1 92 126. . DA¢OS MATERIALES A CONSECUENCIA DE GRANIZO Y OTROS RIESGOS DE LA NATURALEZA En consideraciƒn al pago de la extraprima correspondiente, la presente pƒliza cubre los riesgos indicados en las CAD 1 92124 y CAD 1 92125 . DA¢OS MATERIALES CAUSADOS POR LA PROPIA CARGA 18 M-VP1145053-9 En consideraciƒn al pago de la extraprima correspondiente, la presente pƒliza cubre el riesgo indicado en la CAD 1 92 127. . DA¢OS A TERCEROS CAUSADOS POR LA PROPIA CARGA En consideraciƒn al pago de la extraprima correspondiente, la presente pƒliza cubre el riesgo indicado en la CAD 1 98 028. . DA¢OS A TERCEROS CAUSADOS POR CONDUCTORES DEPENDIENTES En consideraciƒn al pago de la extraprima correspondiente, la presente pƒliza cubre el riesgo indicado en la CAD 1 92 131. . DA¢OS MATERIALES CAUSADOS POR CONDUCTORES DEPENDIENTES En consideraciƒn al pago de la extraprima correspondiente, la presente pƒliza cubre el riesgo indicado en la CAD 1 92 128. . PLAN B: INCAPACIDAD La presente pƒliza y sus coberturas, se rigen de acuerdo a t⁄rminos y condiciones de la pƒliza inscrita en el registro de pƒlizas de la S.V.S., bajo el cƒdigo POL 1 93 003. . SERVICIO DE VEH“CULO DE AUTOREEMPLAZO Este beneficio aplica para siniestros cubiertos bajo la presente pƒliza (da¡os parciales, p⁄rdida total, robo del veh¥culo), opera despu⁄s de 24 horas de ingresar el veh¥culo al taller asignado por el liquidador de seguros, la reparaciƒn debe superar las 48 horas de trabajo, el asegurado debe solicitar este beneficio al fono asistencia de su compa¡¥a, el l¥mite m£ximo es de 30 d¥as y tiene un copago diario de $4.000 (IVA incluido). El costo por utilizaciƒn de TAG, no est£ incluido en este beneficio, quedando por tanto su costo a cargo del asegurado. La entidad arrendadora exigir£ al asegurado una garant¥a por la recepciƒn del veh¥culo en arriendo, consistente en la entrega de un Voucher de Tarjeta de Cr⁄dito con cupo disponible para poder hacerla efectiva, cuando corresponda. El monto de esta garant¥a ser£ determinado exclusivamente por la entidad que preste el servicio de garant¥a. En caso de no ser posible arrendar un veh¥culo, se facilitar£ un medio alternativo de transporte convencional con un l¥mite de costo econƒmico de la prestaciƒn del veh¥culo de reemplazo. Esta prestaciƒn no ser£ acumulable a la prestaciƒn de ’’Estancia y desplazamiento por inmovilizaciƒn del veh¥culo’’, y est£ sujeta a la disponibilidad de las empresas de arriendo de veh¥culos y a sus condiciones de contrataciƒn. Los Veh¥culos proporcionados corresponder£n hasta la categor¥a mediana o intermedia, de acuerdo a la clasificaciƒn de las empresas de rent a car, es decir, veh¥culos tipo sedan, cuatro puertas, no full (Ejemplo: Sentra II, corsa, Daewoo, Peugeot, Yaris, etc.) DEFENSA PENAL Y CONSTITUCI«N DE FIANZAS En consideraciƒn al pago de la extraprima correspondiente, la presente pƒliza cubre el riesgo indicado en la CAD 1 92 132. 19 M-VP1145053-9 . RESPONSABILIDAD CIVIL POR DA¢O MORAL La presente pƒliza sƒlo cubre el riesgo de responsabilidad civil correspondiente a la Subsecciƒn Da¡o Moral del T¥tulo Segundo de la POL 1 98 022 de la S.V.S. . RESPONSABILIDAD CIVIL POR LUCRO CESANTE La presente pƒliza sƒlo cubre el riesgo de responsabilidad civil correspondiente a la Subsecciƒn Lucro Cesante del T¥tulo Segundo de la POL 1 98 022 de la S.V.S. . . BJN1 20 8911256 M-VP-1145053-9 UF EUGENIO JUAN ARTEAGA INFANTE STATION WAGON 4RUNNER 4X4 LIMITED 4.0 A EUGENIO JUAN ARTEAGA INFANTE PLAZA LOS QUILLALES 10153 LO BARNECHEA (CONTADO) 2/09/2013 0,0000 19,04 19,04 6.374.575-8 TOYOTA DXHS18-8 2012 6.374.575-8 SANTIAGO
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