Preparatoria - Ministerio Público
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Preparatoria - Ministerio Público
MINISTÉRIO PÚBLICO FEDERAL PROCURADORIA GERAL DA REPÚBLICA MERCOSUL/REMPM/ATA Nº 03/08 “REUNIÃO PREPARATÓRIA A VI REUNIÃO ESPECIALIZADA DE MINISTÉRIOS PÚBLICOS DO MERCOSUL”. Realizou-se na cidade de Salvador, no estado federativo da Bahia, Brasil, nos dias 25 e 26 de setembro de 2008, a Reunião Preparatória a VI Reunião Especializada de Ministérios Públicos do MERCOSUL, com a presença de Delegações dos Ministérios Públicos dos seguintes Estados Partes: República Argentina, República Federativa do Brasil, República do Paraguai, República Oriental do Uruguai e República Bolivariana de Venezuela, em processo de adesão iniciado em 2006 e dos seguintes Estados Associados: República da Bolívia, República do Chile, República da Colômbia, República do Equador e República do Peru. A reunião teve lugar após realização de Curso de Cooperação Jurídica Internacional, na mesma cidade, entre os dias 22 e 24 de setembro, no qual estiveram presentes representantes de todos os Ministérios Públicos dos países acima mencionados. Na ocasião, realizou-se, igualmente, Seminário de Difusão da Rede Iberoamericana de Cooperação Jurídica Internacional (IberREDE), destinando a membros do Poder Judiciário, do Ministério Público, de Instituições de Capacitação dos dois ramos e demais atores judiciários dos Estados Partes e Associados do MERCOSUL. A lista das delegações participantes se encontra no Anexo I. A agenda do encontro se encontra no Anexo II. A lista de pontos de contato para consulta permanente se encontra no Anexo III. A lista dos integrantes dos Grupos de Trabalho Especializados se encontra no Anexo IV. MINISTÉRIO PÚBLICO FEDERAL PROCURADORIA GERAL DA REPÚBLICA Iniciou-se a Reunião Preparatória a VI Reunião Especializada de Ministérios Públicos do MERCOSUL com as palavras do Subprocurador-Geral da República e Membro da Assessoria de Cooperação Jurídica Internacional da Procuradoria Geral da República, Dr. Eugênio José Guilherme de Aragão, em caráter de Coordenador Nacional Alterno no exercício da Presidência Pro Tempore brasileira, quem deu as boas vindas aos delegados dos Ministérios Públicos do Mercosul. Os representantes dos demais países se apresentaram em seguida e agradeceram o convite. O Coordenador Nacional Alterno deu continuidade aos trabalhos com a leitura da agenda preliminar, que foi aprovada por todos os presentes, após algumas sugestões de modificação. A Delegação argentina propôs que fosse apresentado, para conhecimento de todos os presentes, o anteprojeto de lei argentino que tem como objetivo incorporar à legislação processual penal o uso de videoconferência em caráter jurídico, técnico e operacional. O texto do anteprojeto de lei foi repassado a todos os Estados Partes e Associados e consta como Anexo V da presente. O representante do Paraguai, em caráter de Secretaria Técnica Permanente, fez as seguintes intervenções: em primeiro lugar, ressaltou a importância da consulta e da inclusão de documentos na página web da Reunião Especializada para que haja uniformização de informações entre todos os Estados; em segundo lugar, chamou atenção para a página web de documentos e informações relevantes da REMPM e, por último, solicitou aos membros a remessa dos documentos pertinentes para a constante atualização da mesma. MINISTÉRIO PÚBLICO FEDERAL PROCURADORIA GERAL DA REPÚBLICA Propôs-se, então, que todos os Estados enviassem à Secretaria Técnica Permanente, até o dia 30 de outubro do ano em curso, os formulários contendo informações estruturais e funcionais de cada ministério público, aprovados durante a Presidência Pro Tempore uruguaia, para que sejam incorporados à ata da Reunião Especializada de Ministérios Públicos do MERCOSUL. O representante brasileiro sugere que haja uma publicação dos dados fornecidos. A seguir, a delegação da República do Paraguai, na qualidade de coordenadora do Grupo de Trabalho Especializado em Assistência Jurídica, apresentou compilação das informações obtidas pelo preenchimento dos Questionários de Assistência Jurídica Mútua entregues durante a presidência Pro Tempore argentina e rogou aos países que ainda não o fizeram, a transmissão destes questionários, bem como a resposta as duas perguntas adicionais formuladas na V REMPM, igualmente, até o dia 30 de outubro. Foi recomendado pelo representante do Paraguai, Dr. Juan Emilio Oviedo, um novo questionário com o intuito de padronizar informações a respeito da legalidade e do uso efetivo da videoconferência na assistência jurídica, que consta como Anexo VI. A recomendação foi aprovada por unanimidade e os questionários devem ser enviados à Presidência Pro Tempore, até o dia 30 de outubro. Os Estados Partes e Associados do MERCOSUL destacam a importância de implementar a videoconferência como ferramenta para facilitar a cooperação jurídica internacional nos países do MERCOSUL e Associados. Neste sentido, os Estados Partes e Associados deixam expresso, neste momento, seu apoio à iniciativa argentina consubstanciada em projeto de lei apresentado ao legislativo daquele país. MINISTÉRIO PÚBLICO FEDERAL PROCURADORIA GERAL DA REPÚBLICA O representante do Chile ressalta que durante a III Reunião Especializada dos Ministérios Públicos do MERCOSUL o Ministério Público do Chile foi designado como elo entre este fórum, a AIAMP, a OEA e a IberREDE. Neste sentido, relataram-se as ações seguintes realizadas com a finalidade de melhorar e estreitar relações com estes organismos: a) Durante a XV Assembléia Ordinária da AIAMP, celebrada em Madrid, Espanha, no mês de outubro de 2007, criou-se a Secretaria Geral Permanente da AIAMP, designando-se para essa função o Ministério Público do Chile, sendo o Sr. Jorge Chocair Lahsen nomeado como Secretário Geral. b) Criou-se a Secretaria Geral Permanente, que começou a desenvolver uma série de projetos que beneficiarão diretamente todos os Ministérios Públicos da Região, incluindo os do MERCOSUL e associados, destacando: - Redação das “Guias de Santiago”, que dão diretrizes e recomendações de melhores práticas na proteção e atenção de vítimas e testemunhas. Conhecendo esse projeto e felicitando a iniciativa da Secretaria Geral da AIAMP, os representantes dos Ministérios Públicos participantes comemoraram a adoção, por parte da AIAMP, das “Guias de Santiago” como mecanismos de proteção e atenção a vítimas e testemunhas, sugerindo a cada MP que execute as ações que estejam dentro de seu alcance com o fim de assegurar a promoção e implementação em nível nacional. MINISTÉRIO PÚBLICO FEDERAL PROCURADORIA GERAL DA REPÚBLICA - Criação de um banco de dados dos diversos sistemas legais denominado “Fichas AIAMP”. Trata-se de um projeto que se constituirá de via de consulta rápida não só sobre os sistemas de Justiça em cada país, mas, também, sobre os procedimentos práticos e formais a seguir em vista da obtenção de diligências específicas, como formas de antecedentes penais, informação patrimonial, interceptação de telecomunicações, técnicas especiais de investigação, etc. Neste sentido, os representantes dos MPs do MERCOSUL vêm agradecer a oportunidade da Secretaria Geral da AIAMP, colocando à disposição dos MPs do MERCOSUL este importante banco de dados que beneficiará diretamente a cooperação jurídica internacional e que poderá complementar as ações já empreendidas dentro deste fórum. c) Com a fim de promover e expandir ainda mais a utilidade da iniciativa da reunião dos MPs do MERCOSUL em relação ao questionário sobre uso de videoconferência, o MP do Chile oferece incorporar o mesmo à segunda versão das “Fichas AIAMP”, de modo que seja respondido por todos os MPs da Ibero América. d) O MP do Chile, na qualidade de Secretaria Geral da AIAMP e junto à Procuradoria Geral de Estado da Espanha, como Presidente da AIAMP, foram convidados a fazer parte da Comissão de Assessoramento da Secretaria Geral da IberREDE, de modo a representar os interesses dos MPs da Ibero América, incluindo os do MERCOSUL, nessa rede de cooperação. e) O MP do Chile ofereceu-se como sede da V Reunião Anual de Pontos de Contato da IberREDE, o que foi aceito e celebrado pela Secretaria Geral dessa rede. MINISTÉRIO PÚBLICO FEDERAL PROCURADORIA GERAL DA REPÚBLICA f) No primeiro semestre do ano 2008, por ocasião da realização da VII REMJA da OEA, em Washington, EUA, incorporaram-se expressamente os Chefes de Ministérios Públicos (“Fiscales Generales”) como participantes dessas reuniões, das que originalmente participavam somente os Ministros da Justiça como Procuradores Gerais, no sentido que o direito norte-americano atribui a esta expressão. A Secretaria Técnica Permanente, a cargo do Ministério Público do Paraguai, informou que foi cumprido satisfatoriamente pelo Ministério Público do Chile o compromisso assumido na V REMPM, no sentido de criar, na página principal da internet da AIAMP, um link que dê acesso direto à página web dos MPs do MERCOSUL. Na seqüência, o Procurador da República no Município de Feira de Santana, no estado da Bahia, fez uma apresentação sobre a situação do Brasil na cooperação internacional no combate ao crime transnacional fronteiriço. Em sua intervenção, o Procurador enumerou os diversos problemas ainda encontrados na assistência jurídica. Afirmou que o desconhecimento dos mecanismos de cooperação internacional por parte das autoridades nacionais, o duplo sistema de cooperação, a vulnerabilidade das fronteiras, entre outros fatores, facilitam a existência de corredores de migração, de rotas de contrabando e de remessa ilegal de bens e valores. MINISTÉRIO PÚBLICO FEDERAL PROCURADORIA GERAL DA REPÚBLICA Dr. Vladimir Aras fez menção à experiência da ENCCLA (Estratégia Nacional de Combate à Corrupção e à Lavagem de Dinheiro), uma iniciativa do Ministério da Justiça que reúne 62 órgãos que estabelecem metas a serem cumpridas, relacionadas à persecução penal e a repressão da evasão de divisas. Nesse sentido, apontou para a conveniência de se convidar os membros dos Ministérios Públicos dos Estados representados nesta reunião a participar dos cursos de capacitação do PNLD (Programa Nacional de Lavagem de Dinheiro). O Procurador concluiu sua apresentação com uma lista de sugestões para intensificar a cooperação jurídica nas cidades fronteiriças, dentre as quais podem-se mencionar a possibilidade da cooperação direta transfronteiriça em matéria penal, o incentivo do uso de investigações conjuntas e paralelas, a realização de seminários de difusão dos mecanismos existentes e a disponibilização de uma listagem de bancos de dados nacionais existentes. Acolhendo sugestão do Procurador, os Estados Partes e Associados se comprometeram a enviar à Secretaria Técnica Permanente a listagem dos bancos de dados públicos e de acesso restrito de interesse para a investigação de crimes transnacionais, apontando para cada um, os respectivos responsáveis, e, ainda, seguindo sugestão da representante do Peru, as normativas internas sobre a consulta a estas bases de dados. Do mesmo modo, os Estados Partes e Associados se comprometeram a enviar à Secretaria Técnica Permanente informações a respeito do uso de técnicas especiais de investigação MINISTÉRIO PÚBLICO FEDERAL PROCURADORIA GERAL DA REPÚBLICA em cada pais, com as respectivas condicionantes legais. Para este efeito, à Presidência Pro Tempore enviara antes da Reunião Especializada a Secretaria Técnica Permanente modelo de formulário que contemple todos esses aspectos. A jornada de trabalho foi concluída com a atualização dos dados dos integrantes dos Grupos de Trabalho Especializados em Assistência Jurídica e em Direitos Humanos, e, também, da planilha de pontos de contato para consulta permanente. A segunda jornada de reunião iniciou-se com a apresentação do Procurador Regional da República, Dr. Daniel Sarmento, coordenador do Grupo de Trabalho Especializado em Direitos Humanos, que fez uma exposição sobre a atuação do Ministério Público Federal como agente fiscalizador do efetivo respeito aos Direitos Humanos. Em seguida, foram apresentadas as deliberações da última reunião do Grupo de Trabalho, realizada na cidade do Rio de Janeiro, nos dias 7 e 8 de abril de 2008, que incluem a organização de três seminários a abordarem os seguintes temas: a tutela coletiva de direitos humanos, a investigação e persecução penal dos crimes contra direitos humanos praticados durante regimes de exceção, os programas de proteção à testemunha e ao réu colaborador e a proteção dos direitos dos presos. Conforme programa proposto, houve apresentação do Documentário “Ñande Guarani,” produto da parceria entre o Ministério Público Federal brasileiro e a Agência Espanhola de Cooperação Internacional para o Desenvolvimento, representada, neste encontro, em caráter de convidada especial, pela senhora Rosario Bonned. MINISTÉRIO PÚBLICO FEDERAL PROCURADORIA GERAL DA REPÚBLICA A seguir, a Procuradora da República no Estado de São Paulo, também coordenadora do Grupo de Trabalho de Patrimônio Cultural da 4ª Câmara de Coordenação e Revisão do Ministério Público Federal brasileiro, Dra. Ana Cristina Bandeira Lins, fez apresentação sobre o papel do Ministério Público no combate ao tráfico internacional de bens culturais, conforme solicitação proveniente da V REMPM. A Delegação do Paraguai propôs que as Regras de Brasília sobre o Acesso a Justiça de Pessoas Vulneráveis fossem examinadas pelo Grupo de Trabalho de Direitos Humanos, quanto a sua pertinência para atuação dos MPs. Os representantes dos Estados Partes e Associados aprovaram a sugestão por unanimidade. As delegações participantes agradecem a Presidência Pro Tempore e a Procuradoria Geral do Brasil, o trabalho desenvolvido na organização da presente Reunião Preparatória. A Reunião acordou em realizar a VII REMPM e sua Preparatória na próxima Presidência Pro Tempore, a cargo da Republica do Paraguai, em local e data a definir. Havendo cumprido a agenda proposta foi encerrada a Reunião Preparatória da VI Reunião Especializada de Ministérios Públicos dos Estados Partes e Associados do MERCOSUL, que se realizará no dia 14 de novembro de 2008, na cidade de Brasília. MINISTÉRIO PÚBLICO FEDERAL PROCURADORIA GERAL DA REPÚBLICA _______________________________ República do Argentina Adrián Omar Marchisio Secretario de la Procuración General de la Nación _______________________________ República Federativa do Brasil Eugênio José Guilherme de Aragão Subprocurador Geral da República _______________________________ República do Paraguai Juan Emilio Oviedo Director de Asuntos Internacionales y Asistencia Jurídica Externa _______________________________ República Oriental do Uruguai Enrique Rodriguez Martinez Fiscal Letrado Nacional Estado em Processo de Adesão ___________________________________ República Bolivariana do Venezuela Juan Carlos Cabello Mata Coordinador de Asuntos Inteacionales Estados Associados _______________________________ República da Bolivia Abdiel Adin Andrade Urdininea Fiscal de Materia Coordinador de la Unidad de Cooperación Internacional y Extradiciones _______________________________ República da Colômbia Aydaluz Segrera Alarcón Asesora Asuntos Internacionales _______________________________ República do Chile Marko Magdic Subdirector Unidad Cooperación Internacional y Extradiciones _______________________________ República do Equador Marco Fernando Freire Lopez Ministro Fiscal Distrital de Pichincha MINISTÉRIO PÚBLICO FEDERAL PROCURADORIA GERAL DA REPÚBLICA ___________________________________ República do Peru María Virginia Alcalde Pineda Fiscal Provincial Penal Presidencia Pro Témpore República Oriental del Uruguay Ministerio de Educación y Cultura Ministerio Público y Fiscal IV REUNIÓN ESPECIALIZADA DE MINISTERIOS PÚBLICOS DEL MERCOSUR FORMULARIO DE INFORMACIÓN ACERCA DE LOS MINISTERIOS PÚBLICOS Localización (Dirección) Descripción de las principales competencias definidas en la Constitución y en las Leyes del País Breve historia – Creación, definición de funciones institucionales y reformas Ubicación Institucional Estructura y organigrama Órganos subordinados y/o vinculados Fiscal General – Nombre e información acerca del mandato, procedimientos para el nombramiento y toma de posesión del cargo Atribuciones del Fiscal General – Descripción Legal Miembros del Ministerio Público – Características de los cargos, formas de ingreso, garantías e incompatibilidades Descripción de las funciones en la investigación criminal y en el proceso penal Rol del Ministerio Público en la cooperación juridica internacional especialmente en relación a los delitos transnacionales Principales acuerdos y memorandos de cooperación del Ministerio Público Procedimiento adoptado en la Cooperación Jurídica Internacional en materia penal Procedimiento adoptado en la Cooperación Jurídica Internacional en materia civil en el caso que corresponda Cooperación en zonas de frontera Flujograma de tramitación de los pedidos de cooperación Competencias relacionadas a la representación del interés público en procedimientos no-penales y a la defensa de garantías fundamentales en el caso que corresponda CUESTIONARIO PARA LA REUNIÓN DE MINISTERIOS PÚBLICOS DEL MERCOSUR Buenos Aires – República Argentina INTRODUCCIÓN Este cuestionario pretende recoger información de utilidad para optimizar la Asistencia Judicial Mutua en Materia Penal entre los países miembros del Mercosur. Tiene como objetivo inmediato identificar a las diferentes Autoridades Centrales, encargadas de la tramitación de solicitudes de asistencia, conocer su funcionamiento interno, así como identificar sus fortalezas y debilidades. Pretende además, conocer sobre la legislación interna en la materia. Qué tipos de cooperación es posible realizar y cuáles son los principales inconvenientes en la realización de las diligencias requeridas. El objetivo final será el de contribuir al fortalecimiento de la Cooperación Jurídica Internacional como método de lucha más efectiva contra la criminalidad organizada, traducida en cooperaciones ágiles y oportunas. En tal sentido, el cuestionario se divide en dos: – – Procedimientos utilizados Legislación aplicable Pueden agregar cualquier punto al cuestionario o realizar sugerencias, comentarios al final de cada pregunta. I –: a) ¿Cuantas autoridades centrales tiene su país para el trámite de solicitudes en materia de cooperación jurídica en asuntos penales? Detallar Autoridad Central y convenio en el cual fue designado como tal. __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ b) ¿Considerando que algunos países cuentan con más de una Autoridad Central, estima necesaria la unificación de la figura? __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ c) ¿Una vez recibida la solicitud de asistencia, cual es el trámite que le otorga la Autoridad Central de su país? __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ d) ¿qué medidas ha tomado la Autoridad Central de su país para reducir o eliminar los factores que contribuyen al retraso en la transmisión y ejecución de las solicitudes y asegurar que dicho canal sea efectivo, eficiente y expedito? __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ e) ¿La Autoridad Central de su país realiza la verificación u otras medidas que busquen asegurar que las solicitudes de asistencia que formulen los Estados reúne los requisitos establecidos en el tratado invocado? __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ f) ¿Cuenta la Autoridad Central de su país con el Sistema de Correo Electronico Seguro (GROOVE) de la OEA.?. En caso afirmativo, ha utilizado dicho sistema para adelantar solicitudes de asistencia? Si_______ No__________ __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ g) ¿Cuenta la Autoridad Central de su país con un sistema de regristro de expedientes en relación con las solicitudes enviadas y recibidas, de manera que ellos les faciliten hacer el seguimiento de tales expedientes? __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ h) ¿Cual es el instrumento de cooperación más utilizado tanto en las solicitudes activas como pasivas, en su país? Especificar: - a) a nivel regional____________ - b) a nivel continental___________ - c) a nivel mundial______________ __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ i) ¿ Esta de acuerdo con la implementación de un banco de datos comunes que sirva de fuente de consulta a las Autoridades Centrales? __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ II – ÁREA JURÍDICA: a) Cuenta su país con una Ley que regula la Cooperación Jurídica en materia Penal?. Sirvase explicar. En caso negativo, explique el procedimiento aplicable de acuerdo a la normativa interna. __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ b) ¿Dentro del marco de su ordenamiento jurídico, puede hacer obligatoria la obtención de declaraciones de parte de testigos?. En su caso, describa la norma. __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ c) ¿Permite el ordenamiendo jurídico de su país realizar testimonios por video conferencia? Es válida para un eventual juicio la obtención de testimonios a través de ese medio? __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ d) ¿Es necesaria una orden judicial para obtener muestras de substancias corporales o los resultados de ADN u otro análisis científico? Explique el procedimiento legal realizado en su país para la obtención de dichas muestras. __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ e) ¿Cual es el tiempo máximo estipulado por las instituciones de su país para la conservación de datos referentes a comunicaciones telefónicas? __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ ____________________________________________________________ f) Es necesario, de acuerdo al ordenamiento jurídico de su país, la doble incriminación para la asistencia judicial mutua? ____________________________________________________ ____________________________________________________ ____________________________________________________ ____________________________________________________ ____________________________________________________ g) ¿Puede su país cumplir órdenes extranjeras para inmovilizar, incautar y decomisar bienes? En caso afirmativo, cuales son los requisitos. __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ h) ¿Permite el ordenamiento jurídico de su país compartir con otros Estados los bienes decomisados? Sírvase explicar: __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ i) ¿Ha realizado su país en el marco de la cooperación jurídica operaciones conjuntas en materia de trata de personas o de drogas? Cual es el marco legal exigido para la realización de un operativo conjunto __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ j) ¿Cuales son los mecanismos que considera necesarios para la realización de investigaciones conjuntas? __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ __________________________________________________________________ Por favor completar la siguiente información en relación con la persona que responde el cuestionario y sus datos de contacto: Nombre:_________________________________________________________ Institución:________________________________________________________ Cargo:____________________________________________________________ E-mail:___________________________________________________________ Teléfono:________________________________________________________ Fax:____________________________________________________________ Dirección Postal:_______________________________________________________ REPÚBLICA ARGENTINA PROYECTO DE LEY El Senado y Cámara de Diputados, …. Artículo 1.- Incorpórese al artículo 246 del Código Procesal Penal de la Nación el siguiente párrafo: “Situaciones especiales. Cuando en los órganos judiciales existan los medios técnicos necesarios, el juez de oficio o a instancia de parte podrá ordenar que la declaración se realice por videoconferencia u otro sistema similar que permita la comunicación bidireccional y simultánea de la imagen y el sonido”. Artículo 2.- Incorpórese como párrafo segundo del artículo 355 del Código Procesal Penal de la Nación el siguiente texto: “Podrán solicitar que la comparecencia de las personas mencionadas se realice por videoconferencia u otro sistema similar que permita la comunicación bidireccional y simultánea de la imagen y el sonido. En estos casos, la parte requirente deberá indicar en su solicitud el motivo por el que no resulta posible u oportuna la comparecencia física del testigo o del perito y el nombre de las autoridades judiciales encargadas de realizar la videoconferencia”. Artículo 3.- Agréguese en el segundo párrafo in fine del artículo 359 del Código Procesal Penal de la Nación el siguiente texto: “En los casos en los que por razones de utilidad, seguridad u orden público, se haya autorizado la comparecencia a través de videoconferencia u otro sistema similar que permita la comunicación bidireccional y simultánea de la imagen y el sonido, las mencionadas personas serán citadas en igual forma”. Artículo 4: Incorpórese como artículo 382 bis del Código Procesal Penal de la Nación el siguiente texto: “Artículo 382 bis. Prueba recibida por videoconferencia u otros medios tecnológicos similares. Cuando el tribunal hubiera autorizado la recepción de las declaraciones a través de videoconferencia, la audiencia se regirá por las siguientes normas: 1) Cuando una persona se halle en territorio extranjero y tenga que prestar declaración como testigo o perito, siempre que sea posible y compatible con los principios fundamentales del derecho interno del Estado requerido, a solicitud de las autoridades judiciales del Estado requirente, podrá permitir que la audiencia se celebre por videoconferencia si no es posible o conveniente que la persona en cuestión comparezca personalmente en el territorio del Estado requirente. Las autoridades judiciales de los Estados podrán convenir en que la audiencia esté a cargo de una autoridad judicial del Estado requirente. 2) Cuando la persona se encuentre en el territorio nacional, el tribunal decidirá el lugar para la realización de la videoconferencia. 3) Durante la audición estará presente una autoridad judicial responsable de identificar a la persona que deba ser oída y de velar por el respeto de los principios de publicidad, contradicción y el derecho de defensa, sean respetados bajo pena de nulidad. 4) El imputado deberá ser asistido en forma permanente, bajo pena de nulidad, por su defensor técnico. 5) Finalizada la audiencia, la autoridad judicial requerida deberá labrar un acta de la declaración, indicando la fecha y lugar de la realización de la audición por videoconferencia, la identidad de la persona oída, la identidad y calidades de las demás personas que hayan participado en la audiencia, y las condiciones técnicas en las que se haya tomado la declaración. Artículo 5: Incorpórese como artículo 384 bis del Código Procesal Penal de la Nación el siguiente texto: “Art. 384 bis: Examen de los testigos por videoconferencia u otros medios tecnológicos similares. Cuando circunstancias excepcionales lo justifiquen, el tribunal podrá ordenar a pedido de las partes que la intervención de determinada persona, así como la confrontación entre varias personas se realice por algún sistema de comunicación bidireccional y simultánea de la imagen y el sonido, asegurando en todo momento la contradicción de las partes y la salvaguarda del derecho de defensa”. Artículo 6: Incorpórese como inciso 1º en el artículo 391 del Código Procesal Penal de la Nación el siguiente párrafo: “Cuando no resulte posible la declaración testimonial a través de videoconferencia u otro sistema similar que permita la comunicación bidireccional y simultánea de la imagen y el sonido en la audiencia de debate”. Artículo 7°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional FUNDAMENTOS Señor Presidente: El presente proyecto tiene como objetivo incorporar a nuestra legislación procesal penal el uso de la videoconferencia, como una herramienta tecnológica que podrá mejorar la eficacia de los órganos implicados en la prestación del servicio de justicia -Juzgados, Tribunales, Fiscalías y Defensorías- en un Estado de Derecho. El importante avance de la ciencia de la información y el continuo desarrollo de herramientas tecnológicas aplicadas a funciones específicas de las diversas actividades en una sociedad moderna, hace ineludible analizar la viabilidad de incorporar dichos instrumentos a las actividades de los operadores de los diferentes órganos del sistema de Administración de Justicia, a través de su regulación adjetiva. La videoconferencia consiste en un sistema interactivo de comunicación que trasmite en forma simultánea y “en tiempo real”, la imagen, el sonido y los datos a distancia, ello permite una comunicación bidireccional plena en el que el efecto es un “acto” al que asisten personas situadas en lugares alejados entre sí. El núcleo tecnológico utilizado en un sistema de videoconferencia es la compresión digital de los flujos de audio y video en tiempo real a través de una red digital de servicios integrados -RDSI-, y un software que realiza esta compresión (codificador-decodificador). La posibilidad de utilizar la videoconferencia como una herramienta idónea para el proceso penal, que puede ser utilizada en cualquier etapa del proceso, siempre que se respeten las garantías procesales fundamentales y los principios de oralidad, publicidad y contradicción, hoy no se encuentra en discusión. El uso de la video conferencia ha sido previsto legislativamente en numerosos países y en muchos otros se viene practicando conforme a habilidades genéricas de uso de las nuevas tecnologías y admisiones jurisprudenciales específicas. Así, se ha regulado su aplicabilidad en las Directrices provenientes del Tribunal Europeo de Derechos Humanos; en la Resolución 827/1993 del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, concerniente a las causas que tramitan en el Tribunal para la ex Yugoslavia; en el Estatuto de la Corte Penal Internacional aprobado en Roma el 17 de julio de 1998, que, en su artículo 63.2 apunta que si el acusado perturbare continuamente el juicio, el Tribunal podrá disponer que salga de la Sala y “… observe el proceso y dé instrucciones a su defensor desde fuera, utilizando, en caso necesario, tecnologías de comunicación”; en el Convenio de asistencia judicial en materia penal entre los Estados Miembros de la Unión Europea de fecha 29 de mayo de 2000 y la decisión del Consejo de fecha 15 de marzo de 2001 relativa al estatuto de la víctima en el proceso penal; en la Comunidad Económica Europea, específicamente, en su Convenio de asistencia judicial internacional en materia penal de fecha 29 de mayo de 2000, prescribe en su art. 11, el uso de videoconferencia para la audición de testigos o peritos entre países miembros de la Unión Europea (art. 11 LCEur 2000/1883 del Convenio de 29 de mayo de 2000 -LCEur 2000/1883-). Así se ha instrumentado su utilización tanto en el marco del derecho interno como en el ámbito de la prestación de ayuda internacional, tanto en sistemas de tradición anglosajona -Australia, el 01 de marzo de 1997, Canadá, a través de su legislación el 17 de junio de 1999; Estados Unidos; Inglaterra, Irlanda e Islandia- como de tradición continental, en este caso Italia a través de su Ley Nº 11 del 7 de enero de 1998 y el art. 16 de la Ley Nº 367 de fecha 5 de octubre de 2001 que, finalmente incorporó a su Código Procesal Penal, como artículo 205 ter, el uso de la videoconferencia con países extranjeros para la audición de testigos y peritos, así como de inculpados en el extranjero que no puedan ser transferidos a Italia. En Portugal, tanto la Ley de Cooperación Judicial Internacional Nº 144 del 31 de agosto de 1999 como el Código procesal Penal, en sus artículos 317 y 318 en relación con el artículo 311, contemplan el empleo de la videoconferencia. Y en Francia, el primer paso en la previsión del uso de la videoconferencia en el proceso penal lo realizó la ley Nº 706/71 del 15 de noviembre de 2001, el establecer que “cuando las necesidades de la investigación lo justifiquen, la audición o el interrogatorio de una persona así como la confrontación entre varias personas pueden ser realizadas en distintos puntos del territorio de la República encontrándose conectados por medios de comunicación que garanticen la confidencialidad de la transmisión”. A nivel de derecho comparado en la región, ha legislado su uso los Códigos Procesales Penales de Chile, que lo regula en su artículo 329; de Perú, en sus artículos 169, 248 y 360. En nuestra legislación, el Estatuto de la Corte Penal Internacional, Roma, de fecha 17 de julio de 1998 e implementada por Ley Nº 26.2001 así como la Convención contra la delincuencia organizada transnacional, incorporada a la legislación interna de la República Argentina por Ley 25.6322, art. 18.3, prevén el uso de esta herramienta tecnológica en forma específica en los procesos penales. En nuestro sistema penal, el proceso oral regulado en el actual Código Procesal Penal de Nación tiene sólidos pilares en la inmediatez y la concentración en la recepción de la prueba y la publicidad de todo lo que sucede en el debate, elementos garantizadores del debido proceso conforme los estándares que regula la Constitución Nacional. Ahora bien la actuación, en tiempo real de la persona a través del sistema de videoconferencia y la posibilidad de interacción con personas ubicadas en la sala de audiencias permite advertir que no es ésta herramienta la que vulnera los principios de contradicción, inmediatez y publicidad, sino muchas de las prácticas que hoy están reguladas por la norma procesal y que en muchos casos resultan ser una constante. Nos referimos, especialmente, a la posibilidad procesal de incorporar por lectura en el juicio la prueba recibida durante la etapa de instrucción -art. 391 C.P.P.N-. En relación al requisito de la publicidad, quienes asistan a la audiencia tendrán la posibilidad de escuchar al declarante, pudiendo así ejercer el control que, a todo ciudadano corresponde y que deriva de la exigencia constitucional de publicidad en la administración de la justicia. Además, de los principios de oralidad e inmediación, el principio de contradicción, inherente al derecho de defensa, es otro principio esencial en la práctica procesal, al permitir a la defensa contradecir la prueba de cargo. Por ello, el procedimiento probatorio ha de tener lugar necesariamente en el debate contradictorio, que, en forma oral, se desarrolla ante el mismo Tribunal que ha de dictar sentencia, de suerte que la convicción de éste sobre los hechos enjuiciados se alcance en contacto directo con los medios aportados a tal fin por las partes. Este derecho de contradicción o de confrontación se satisface con la posibilidad de interrogar o contrainterrogar a la persona, sin que sea indispensable su presencia en la audiencia. El principio de contradicción, es un test de veracidad de la prueba rendida en el juicio oral. Las partes tienen el derecho de aportar las pruebas conducentes a fin de justificar su teoría del caso, y la contraria el derecho de controvertirlas, por lo que el principio de contradicción tiene como base la plena igualdad de las partes en orden a sus atribuciones procesales. Este principio implica reconocer al acusador, al imputado y a su defensor, la atribución de aportar pruebas de cargo y de descargo respectivamente; la de controlar activa y personalmente, y en presencia de los otros sujetos actuantes, el ingreso y recepción de ambos elementos probatorios, y la de argumentar públicamente ante los jueces que las recibieron. El principio de contradicción se ve plasmado en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, denominada “Pacto de San José de Costa Rica” en el artículo 8.2.letra f, que indica “Derecho de la defensa a interrogar a los testigos presentes en el tribunal y de obtener la comparecencia, como testigos o peritos, de otras personas que puedan arrojar luz sobre los hechos”. De igual manera en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos adoptado por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas por resolución n° 2.200, Ley 26.200 sancionada con fecha 13 de diciembre de 2006 y promulgada con fecha 5 de enero de 2007. Corresponde recordar que en Argentina, el Estatuto de Roma fue aprobado por Ley Nº 25.390 y ratificado el 16 de enero de 2001. 2 República Argentina incorporada al ordenamiento jurídico interno por Ley Nº 25.632, sancionada el 01/08/2002 y promulgada en el Boletín Oficial con fecha 29 de agosto de 2002. 3 Convención - Artículo 18 “asistencia judicial recíproca”, punto 18: establece: “Siempre que sea posible y compatible con los principios fundamentales del derecho interno, cuando una persona se encuentre en el territorio de un Estado Parte y tenga que prestar declaración como testigo o perito ante autoridades judiciales de otro Estado Parte, el primer Estado Parte, a solicitud del otro, podrá permitir que la audiencia se celebre por videoconferencia si no es posible o conveniente que la persona en cuestión comparezca personalmente en el territorio del Estado Parte requirente. Los Estados Parte podrán convenir en que la audiencia esté a cargo de una autoridad judicial del Estado Parte requirente y en que asista a ella una autoridad judicial del Estado Parte requerido”. Convención - Artículo 19 “Técnicas especiales de investigación”: investigaciones conjuntas 1 el 16 de diciembre de 1966, en su artículo 14.3 letra e, contempla tal principio “A interrogar o hacer interrogar a los testigos de cargo y a obtener la comparecencia de los testigos de descargo y que éstos sean interrogados en las mismas condiciones que los testigos de cargo”. Así, se reconoce expresamente que la contradicción permite evaluar la veracidad de la prueba rendida en el juicio oral y asegura que la misma cumple con un mínimo de estándar de confiabilidad, por tanto, corresponde subrayar que el derecho de examinación exige que el imputado haya tenido “una oportunidad adecuada y apropiada para desafiar y cuestionar a un testigo o cualquiera que hubiera hecho declaraciones en su contra” (conf. TEDH, caso Säidi vs. Francia, Serie A, N° 261-C, sentencia del 20 de septiembre de 1993, párr. 43; asimismo, caso Barberá, Messegué y Jabardo vs. España, serie A, N° 146, sentencia del 6 de diciembre de 1988). En este sentido, de acuerdo con los criterios interpretativos establecidos por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, “testigo de cargo” es toda declaración de una persona en que se funda una acusación o una decisión judicial condenatoria, o como lo expresara la Comisión Europea de Derechos Humanos, “todo tipo de pruebas verbales” (CEDH, en el caso Bönisch vs. Austria, serie A, N° 92, sentencia del 6 de mayo de 1985). En efecto, el tribunal que utiliza el sistema de videoconferencia para percibir la deposición de un perito observa por sí mismo la producción de la prueba, cumpliendo con la denominada inmediación formal, ya que no delega la recepción de la prueba en otras personas. Asimismo, el tribunal de juicio oral cumple con la denominada inmediación material, ya que extrae los conocimientos especiales de una ciencia o arte directamente de la fuente, cual es la declaración del perito, sin utilizarse equivalente probatorio alguno. La utilización de la videoconferencia no vulnera este principio ya que, al ser bidireccional e interactivo permite a los intervinientes su recíproca visión y audición en unidad de tiempo, propiciando la confrontación constante. Por ello no existe óbice para incorporar esta modalidad tecnológica para recepcionar las pruebas que serán la base del pronunciamiento del Tribunal. Particularizándolo aún más, el sistema de videoconferencia satisface plenamente la exigencia de inmediación, ya que entre juez y partes o entre aquél y los abogados, existe la posibilidad del diálogo directo, de respuesta instantánea; entre abogado y testigo o declarante, en general, se admite el intercambio de preguntas y respuestas, sin que alguien o algo se oponga; siendo en tal diálogo, posible la interrupción por el interlocutor, impidiendo la conclusión de la oración, para negar la parte ya escuchada, para exigir precisión en los términos, etc. El juez aprehende, por sus propios y exclusivos sentidos, el material informativo que fluye de la prueba, sin demora, al momento, al propio instante en que ésta se verifica, sin que nada ni nadie conduzca, elabore o controle el caudal persuasivo resultante. En similar sentido se ha expresado el profesor Manuel Jaén Vallejo, quien ha expresado que “hoy en día hay medios técnicos que sí podrían permitir la necesaria inmediación, así como la oralidad y la contradicción, a pesar de encontrarse el testigo en otro lugar, luego a pesar de no haber un contacto visual directo, y cuya utilización, por consiguiente, sí podría admitirse, … me refiero al sistema de videoconferencia (comunicación en ambos sentidos) … cuyo uso es compatible con los principios de oralidad inmediación, publicidad y contradicción”4 En definitiva, la videoconferencia debe ser contemplada como un medio auxiliar, una herramienta tecnológica apta y eficaz para agilizar los procedimientos cuando circunstancias excepcionales impidan su normal desenvolvimiento, así como también permite en aquellas situaciones acercarnos a un modelo acusatorio ideal, esto es, aquel en el que se respeten los principios de inmediación, publicidad, oralidad y contradicción. Por estas razones que, solicitamos la aprobación del presente proyecto de ley. Jaén Vallejo, Manuel, “ La Justicia penal ante los nuevos retos de la actualidad”, editorial Fundación de Cultura Universitaria, 1º edición, 2001, pág. 63. 4 TEMAS SUGERIDOS a) El Ministerio Público Federal como ente fiscalizador de los Derechos HumanosPresentación de Conclusiones del Grupo de Trabajo. b) Desarrollo y Perfeccionamiento de la Cooperación entre autoridades Nacionales para el combate al crimen transnacional fronterizo. c) El Ministerio Público Federal y la lucha contra el tráfico ilícito de bienes culturales - Subsidios para fomentar la cooperación para la prevención, control y represión. Además, se realizará el día 26, el Curso de Cooperación Jurídica Internacional, en conjunto con el Taller de Difusión de la Rede Iberoamericana de Cooperación, IberRed. Cualquier información solicitarla en las siguientes direcciones: [email protected] [email protected] MINISTÉRIO PÚBLICO FEDERAL PROCURADORIA GERAL DA REPÚBLICA SAF Sul Quadra 4 Brasília – DF 70.050-900 Tels: (55 61) 3105 6237/ 6238 / Fax: (55 61) 3105 6246 PROGRAMA PRELIMINAR REUNIÃO PREPARATÓRIA À “VI REUNIÃO ESPECIALIZADA DE MINISTÉRIOS PÚBLICOS DO MERCOSUL”. DATAS: 25 e 26 de setembro de 2008. LOCAL: Procuradoria da República no estado da Bahia – Brasil. MODALIDADE DE TRABALHO: Após a abertura oficial da Reunião Preparatória, será submetida, para aprovação dos presentes, a agenda de trabalho. As conclusões do encontro serão apresentadas para elaboração da ata da Reunião, no último dia de atividade. QUINTA-FEIRA 25 DE SETEMBRO 09:00 às 09:30 Entrega de Credenciais e Recepção dos Participantes. 09:30 às 09:45 Abertura Oficial da Reunião Preparatória. 09:45 às 10:00 Aprovação da agenda de trabalho e Apresentação das conclusões da V REMP 10:00 às 10:30 Apresentação e Comentários dos Formulários Informativos sobre Ministérios Públicos do Mercosul. (Todos os representantes devem apresentar o formulário e comentar brevemente sobre aspectos que julgar relevantes e diferenciados sobre a estrutura de sua Instituição) 10:30 às 11:45 Apresentação e Compilação das informações obtidas nos Questionários de Assistência Juridica Mútua. Dr. Juan Emílio Oviedo Ministerio Público del Paraguay – Director de Asuntos Internacionales y Asistencia Jurídica Externa. (Atividade que será dirigida pelo País Coordenador do Grupo de Trabalho Especializado em Assistência Jurídica.) 11:45 às 12:00 Atualização dos dados dos integrantes dos Grupos de Trabalho Especializados em Assistência Jurídica e em Direitos Humanos 12:00 às 14:00 Almoço 14:15 às 15:30 Desenvolvimento e Aprimoramento da Cooperação entre Autoridades Nacionais para o combate ao crime transnacional fronteiriço. (Equipe – Iniciar a ata da reunião) MINISTÉRIO PÚBLICO FEDERAL PROCURADORIA GERAL DA REPÚBLICA SAF Sul Quadra 4 Brasília – DF 70.050-900 Tels: (55 61) 3105 6237/ 6238 / Fax: (55 61) 3105 6246 15:30 às 16:00 Início da elaboração da ata da Reunião Preparatória à VI Reunião Especializada de Ministérios Públicos do Mercosul SEXTA-FEIRA 26 DE SETEMBRO 09:00 às 09:45 O Ministério Público Federal como agente fiscalizador do efetivo respeito aos Direitos Humanos Apresentação de deliberações do Grupo de Trabalho Especializado em Direitos Humanos Dr. Daniel Sarmento Procurador Regional da República e Coordenador do GT. 09:45 às 10:45 Apresentação do Documentário: “Guarani” 10:45 às 11:00 Debate acerca do documentário 11:00 às 12:00 O Ministério Público Federal e o Combate ao Tráfico Internacional de Bens Culturais – Subsídios para fomentar a cooperação na Prevenção e na Repressão Dra. Ana Cristina Bandeira Lins Procuradora da República no estado de São Paulo e Coordenadora do Grupo de Trabalho de Patrimônio Cultural da 4ª Câmara de Coordenação e Revisão 12:00 às 13:00 Modificações e aprovação da ata da Reunião Preparatória e da agenda de trabalho da VI Reunião Especializada de Ministérios Públicos do MERCOSUL a ser realizada em Brasília, no dia 14 de novembro de 2008 13:00 às 15:00 Almoço A partir das 15:00 Horário Livre República Federativa do Brasil Procuradoria Geral da República Ministério Público Federal Assessoria de Cooperação Jurídica Internacional CURSO DE COOPERACIÓN JURÍDICA INTERNCIONAL REUNIÓN PREPARATORIA DE LA “VI REUNIÓN ESPECIALIZADA DE MINISTERIOS PÚBLICOS DEL MERCOSUR” SEDE OFICIAL DEL CURSO DE COOPERACIÓN JURÍDICA INTERNACIONAL Ubicación: Procuraduria Regional del Trabajo Dirección: Av. Sete de Setembro, nº 2.365 - Corredor da Vitória Cep: 40.080-002 Salvador - Bahia Teléfonos: (+55 71) 3338-1800 (Geral) (+55 71) 3336-9729 (Fax) Fecha: De 22 a 24 de Septiembre de 2008. SEDE OFICIAL DE LA REUNION PREPARATORIA Ubicación: Procuraduria Regional del Trabajo Dirección: Av. Sete de Setembro, nº 2.365 - Corredor da Vitória Cep: 40.080-002 Salvador - Bahia Teléfonos: (+55 71) 3338-1800 (Geral) (+55 71) 3336-9729 (Fax) Fecha: Jueves 25 y Viernes 26 de Septiembre de 2008. IDIOMA Español / Portugués En las sesiones habrá traducción simultánea para el idioma español. RECEPCIÓN Y TRASLADO AL HOTEL Delegados del Ministerio Público de Brasil realizarán la recepción de las delegaciones participantes en el Aeropuerto Internacional, como así también del Procuraduria General de la República Asesoria de Cooperación Jurídica Internacional SAF Sul Quadra 04, Lote 03, Bloco ‘B’ Sala 406 – C.P. 70050-900 Telefono: 55 61 3105-6237 / 6238 – Fax: 55 61 3105-6246 Correo: [email protected] Brasília – Brasil República Federativa do Brasil Procuradoria Geral da República Ministério Público Federal Assessoria de Cooperação Jurídica Internacional CURSO DE COOPERACIÓN JURÍDICA INTERNCIONAL REUNIÓN PREPARATORIA DE LA “VI REUNIÓN ESPECIALIZADA DE MINISTERIOS PÚBLICOS DEL MERCOSUR” traslado hasta su hotel y de su regreso al aeropuerto sin costo, teniendo como único requisito presentar el formulario de traslado. HOSPEDAJE El Ministerio Público de Brasil, a través de la Escuela Superior del Ministerio público de la Unión, y con los formularios de traslado y hotel llenados por las delegaciones participantes, realizará la reserva de las habitaciones. La Escuela Superior del Ministerio Público de la Unión costeará las noches del 21 (domingo), a partir de las 12:00h, del 22 (lunes) y del 23 (martes) de Septiembre, hasta a las 12:00h, noches correspondientes al Curso de Cooperación Jurídica Internacional. La noche del 24 adelante será paga directamente por el participante. HOTEL Los participantes estarán hospedados en el Bahia Othon Palace, ubicado en la Avenida Oceânica, 2294 – Ondina – Salvador, teléfono: (+5571) 2103-7100, fax: (+5571) 3245-4877,ou por el sítio: http://www.othonhotels.com/H00260/POR_index.asp Las habitaciones del Bahia Othon Palace poseen: vista para el mar, aire acondicionado, teléfono con secretaria electrónica, TV con canales internacionales, Internet, caja fuerte, Recepción 24 horas, lavandería, Servicio de planchado, Servicio de habitaciones, servicio medico con UTI mobil y habitaciones para non-fumadores. Para su lazer, el hotel ofrece piscina con deck bar y vista para el mar, sala de gymnasia, salon de juegos, sauna y masaje, galería de tiendas, cyber café, tours, alquiler de coches, Cambio de divisas , 2 restaurantes (cocina internacional) y 3 bares, sendo uno en la piscina. COSTO DEL HOTEL – RESERVAS POR NOCHES – CHECK IN Y CHECK OUT A LAS 12.00 Procuraduria General de la República Asesoria de Cooperación Jurídica Internacional SAF Sul Quadra 04, Lote 03, Bloco ‘B’ Sala 406 – C.P. 70050-900 Telefono: 55 61 3105-6237 / 6238 – Fax: 55 61 3105-6246 Correo: [email protected] Brasília – Brasil República Federativa do Brasil Procuradoria Geral da República Ministério Público Federal Assessoria de Cooperação Jurídica Internacional CURSO DE COOPERACIÓN JURÍDICA INTERNCIONAL REUNIÓN PREPARATORIA DE LA “VI REUNIÓN ESPECIALIZADA DE MINISTERIOS PÚBLICOS DEL MERCOSUR” DOM 21/09 LUNES 22/09 MARTES 23/09 LLEGADA DE LOS PARTICIPANTES CURSO DE COOPE. JUR. INTERN CURSO DE COOPE. JUR. INTERN/tarde: TALLER IBERRED PAGA LA ESMPU PAGA LA ESMPU PAGA LA ESMPU MIERCOLES 24/09 JUEVES 25/09 VIERNES 26/09 FIN DE SEMANA TALLER IBERRED PREPARATORIA A VI REMP PREPARATORIA A VI REMP LIBRE PAGA EL PARTICIANTE PAGA EL PARTICIANTE PAGA EL PARTICIANTE PAGA EL PARTICIANTE ALIMENTACIÓN En el precio de la diaria del Hotel está incluso el desayuno self-service. La Escuela Superior del Ministerio Público de la Unión se hará cargo de la cena del domingo 21, almuerzo y cena de los días 22 y 23, y almuerzo de miercoles 24. La Asociación Nacional de Fiscales Federales (ANPR) ofrecerá una cena el viernes, 26 de septiembre a los representantes de los Ministerios Públicos del Mercosur y a los Fiscales brasileños ubicados en la ciudad de Salvador. Procuraduria General de la República Asesoria de Cooperación Jurídica Internacional SAF Sul Quadra 04, Lote 03, Bloco ‘B’ Sala 406 – C.P. 70050-900 Telefono: 55 61 3105-6237 / 6238 – Fax: 55 61 3105-6246 Correo: [email protected] Brasília – Brasil República Federativa do Brasil Procuradoria Geral da República Ministério Público Federal Assessoria de Cooperação Jurídica Internacional CURSO DE COOPERACIÓN JURÍDICA INTERNCIONAL REUNIÓN PREPARATORIA DE LA “VI REUNIÓN ESPECIALIZADA DE MINISTERIOS PÚBLICOS DEL MERCOSUR” COSTO DE ALIMENTACIÓN DOM 21/09 LUNES 22/09 MARTES 23/09 MIERCOLES 24/09 JUEVES 25/09 VIERNES 26/09 FIN DE SEMANA LLEGADA DE LOS PARTICIPANTES CURSO DE COOPE. JUR. INTERN CURSO DE COOPE. JUR. INTERN/tarde: TALLER IBERRED TALLER IBERRED PREPARATORIA A VI REMP PREPARATORIA A VI REMP LIBRE ALIMENTACIÓN ALIMENTACIÓN ESMPU PAGA LA CENA EN EL HOTEL ESMPU PAGA EL ALMUERZO Y LA CENA EN EL HOTEL ALIMENTACIÓN ALIMENTACIÓN ALIMENTACIÓN ALIMENTACIÓN ALIMENTACIÓN ESMPU PAGA EL ALMUERZO Y LA CENA EN EL HOTEL ESMPU PAGA EL ALMUERZO EN EL HOTEL ALMUERZO – LIBRE ALMUERZO – LIBRE PAGA EL PARTICIANTE CENA – LIBRE CENA –ANPR CENA – LIBRE INFORMACIONES UTILES CLIMA Durante los días del evento las temperaturas oscilarán entre los 20° C y 35° C. Domingo 21 de septiembre Máxima 27° C – Mínima 21° C Lunes 22 de septiembre Máxima 28° C – Mínima 21° C Martes 23 de septiembre Máxima 28° C – Mínima 18° C Miércoles 24 de septiembre Máxima 27° C – Mínima 18° C Procuraduria General de la República Asesoria de Cooperación Jurídica Internacional SAF Sul Quadra 04, Lote 03, Bloco ‘B’ Sala 406 – C.P. 70050-900 Telefono: 55 61 3105-6237 / 6238 – Fax: 55 61 3105-6246 Correo: [email protected] Brasília – Brasil República Federativa do Brasil Procuradoria Geral da República Ministério Público Federal Assessoria de Cooperação Jurídica Internacional CURSO DE COOPERACIÓN JURÍDICA INTERNCIONAL REUNIÓN PREPARATORIA DE LA “VI REUNIÓN ESPECIALIZADA DE MINISTERIOS PÚBLICOS DEL MERCOSUR” Jueves 25 de septiembre Máxima 32° C – Mínima 21° C Viernes 26 de septiembre Máxima 28° C – Mínima 18° C CONTACTOS UTILES HOSPITALES Hospital Jorge Valente Avenida Anita Garibaldi, 2263 s 102, Ondina Telefono: (+5571) 3245-5339 Hospital EspanholAvenida 7 Setembro, 4161, Barra Telefono: (+5571) 3264-2988 AMBULANCIAS SAMU: (+5571) 192 EMPRESAS DE TAXI (+5571) 3244-4500 FARMÁCIAS Drogadeli – (+5571) 3237-3270 REPRESENTACIONES DIPLOMÁTICAS Consulados em Salvador Consulado de Argentina Rua ribeiro santos, 17 – Santo Antonio Telefono : (+5571) 3241-4863 Consulado Honorário Del Chile Avenida Tancredo Neves, 1222, Edifício Catabas Tower, Sala 406 – Caminho das Árvores Telefono: (+5571) 3367-9200 Consulado del Ecuador Avenida Tancredo Neves 274 bloco “a” sala 303 Telefono : (+5571) 3431-9686 Consulado Honorário Del Peru Avenida Presidente Vargas, 3853, B. Rio Vermelho Telefono: (+5571) 3336-6202 Procuraduria General de la República Asesoria de Cooperación Jurídica Internacional SAF Sul Quadra 04, Lote 03, Bloco ‘B’ Sala 406 – C.P. 70050-900 Telefono: 55 61 3105-6237 / 6238 – Fax: 55 61 3105-6246 Correo: [email protected] Brasília – Brasil República Federativa do Brasil Procuradoria Geral da República Ministério Público Federal Assessoria de Cooperação Jurídica Internacional CURSO DE COOPERACIÓN JURÍDICA INTERNCIONAL REUNIÓN PREPARATORIA DE LA “VI REUNIÓN ESPECIALIZADA DE MINISTERIOS PÚBLICOS DEL MERCOSUR” Consulado General del Uruguai Praça José de Anchieta, 18 - Pelourinho Telefono : (+5571) 3326-3037 Embajadas en Brasília Embajada de Argentina Setor de Habitações Individuais Sul QL 2 - conjunto 1 - casa 19 - Lago Sul. 70442-900 - Brasília/DF Tel: (+5561) 3364-7600 Embajada de Bolívia Setor de Habitações Individuais Sul QI 19 - conjunto 13 - casa 19 - Lago Sul 70470-900 - Brasília/DF Tel: (+5561) 3366-3432 Embajada del Chile Setor de Embaixadas Sul - Av. das Nações - quadra 803 - lote 11 - Asa Sul 70407-900 - Brasília/DF Tel: (+5561) 3322-5151 Embajada de Colômbia Setor de Embaixadas Sul - Av. das Nações - quadra 803 - lote 10 - Asa Sul 70444-900 - Brasília/DF Tel: (+5561) 3226-8997/8902 Embajada del Ecuador Setor de Habitações Individuais Sul QI 11 - conjunto 9 - casa 24 - Lago Sul 71625-290 - Brasília/DF Tel: (+5561) 3248-5560/5660 Embajada del Paraguai Setor de Embaixadas Sul - Av. das Nações - quadra 811 - lote 42 - Asa Sul 70427-900 - Brasília/DF Tel: (+5561) 3242-3732/244-9449/8649 Embajada del Peru Setor de Embaixadas Sul - Av. das Nações - quadra 811 - lote 43 - Asa Sul 70428-900 - Brasília/DF Tel: (+5561) 3242-9435/9835/9933 Embajada del Uruguai Setor de Embaixadas Sul - Av. das Nações - quadra 803 - lote 14 - Asa Sul 70450-900 - Brasília/DF Tel: (+5561) 3322-1200/4533/1785 Procuraduria General de la República Asesoria de Cooperación Jurídica Internacional SAF Sul Quadra 04, Lote 03, Bloco ‘B’ Sala 406 – C.P. 70050-900 Telefono: 55 61 3105-6237 / 6238 – Fax: 55 61 3105-6246 Correo: [email protected] Brasília – Brasil República Federativa do Brasil Procuradoria Geral da República Ministério Público Federal Assessoria de Cooperação Jurídica Internacional CURSO DE COOPERACIÓN JURÍDICA INTERNCIONAL REUNIÓN PREPARATORIA DE LA “VI REUNIÓN ESPECIALIZADA DE MINISTERIOS PÚBLICOS DEL MERCOSUR” Embajada de Venezuela Setor de Embaixadas Sul - Av. das Nações - quadra 803 - lote 13 - Asa Sul 70451-900 - Brasília/DF Tel: (+5561) 3322-1011 CAMBIO MONEDA Dólar COMPRA R$ 1,80 VENTA R$ 1,97 Procuraduria General de la República Asesoria de Cooperación Jurídica Internacional SAF Sul Quadra 04, Lote 03, Bloco ‘B’ Sala 406 – C.P. 70050-900 Telefono: 55 61 3105-6237 / 6238 – Fax: 55 61 3105-6246 Correo: [email protected] Brasília – Brasil
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